jueves, 24 de enero de 2019

Bodas de Plata en la rehabilitación de la Linea K .


Exactamente a la medianoche del 25 de enero de 1994, el coche 8 de la línea K de Trolebuses a cargo del conductor Elio Cristian Mercado, comenzaba a escribir el renacimiento de la única línea de Trolebuses que había quedado en la ciudad, luego de una privatización devastadora.

El primer conductor que reinauguró la línea, Elio Cristian Mercado, quien aún se desempeña después de veinticinco años.

Ahora en 2019, gran parte del personal inicial de la línea, también cumple su cuarto de siglo en sus ocupaciones, lo cual lo coloca en artífice fundamental de este camino recorrido, y es justo que –aunque la prestación inicial correspondió a otra firma- la actual conducción empresaria brinde un honroso reconocimiento por estas Bodas de Oro.
Primer boleto expendido por la concesionaria U.T.E. CAPSE S.A. - E.T.A. Molino Blanco S.R.L., también conocida como Ecobús.

También cumple veinticinco años de uso la flota original de esta etapa, integrada por veinte trolebuses Volvo – Marcopolo – Powertronics, fabricados en 1987 originalmente para la ciudad de Belo Horizonte, pero recién estrenados aquél 25 de enero de 1994.



Originalmente los vehículos presentaron diversos problemas electrónicos, pero gracias al personal local, fueron atenuados y en muchos casos, eliminados. No está en discusión la calidad de la flota paulista: de veinte unidades, sólo una está radiada, (un 5%); y ello no es común, en absoluto. Tampoco es natural encontrar trolebuses con veinticinco años de uso.

Durante 2017 y 2018, el personal de la empresa SEMTUR Trolebuses efectuó la renovación total de la infraestructura, reponiendo morsetería desgastada, reparando columnas y renovando (y agregando) subestaciones rectificadoras. También se cambió el hilo de contacto de cobre en gran parte de la línea. Todas estas labores fueron ejecutadas por personal propio, lo cual representó un importante ahorro respecto de lo que hubiese insumido la tercerización de los trabajos.


En tanto, se amplió la superficie cubierta de la Estación Nicaragua (Brasil 1036) permitiendo la guarda y mantenimiento de la flota rusa arribada en 2017 para la línea Q.

TIEMPO DE DECISIONES
Tras veinticinco años de fatigoso trajinar, los trolebuses brasileños deben dejar paso a nuevas unidades. Pese a los esfuerzos del personal y a que la empresa no escatima recursos, las unidades presentan deterioro, dejaron de ser confiables, y la reparación estética de hace algunos años, no ha tenido gratos resultados. Tampoco pudieron ser eficaces los equipos de aire acondicionado, que por diversos motivos de orden eléctrico, no funcionan.



Por otra parte, el nuevo sistema de transporte que intenta imponer la Municipalidad de Rosario, exige accesibilidad a personas con movilidad reducida y aire acondicionado: algo que los venerables “Marcopolo” no están en condiciones de cumplir.
Desde hace años, la Municipalidad estudia alternativas para recambiar las unidades: se tuvo ofertas de la firma BKM de Bielorrusia, pero con nulos resultados. También se tuvo en cuenta la fabricación local de trolebuses con destino a la provincia de Mendoza, pero no resultaron aptas para el uso rosarino.

Finalmente en 2017 se incorporaron doce unidades modernas de fabricación rusa para la línea Q, pero las mismas vienen presentando un deterioro creciente a menos de dos años de su puesta en servicio, lo cual es un preocupante tema que excede el propósito de este artículo. Pero concretamente, la opción de Rusia no es considerable para la renovación de la K, tras el pobre desempeño en la Q.

Sería un despropósito que luego de haber renovado las instalaciones fijas, siga dilatándose la decisión de adquirir trolebuses nuevos o usados, pero que sirvan para ajustarse a las necesidades de nuestros tiempos.  En ese sentido, el Gobierno de la Provincia de Santa Fe, que posee una Secretaría de Estado de Energía, debería colaborar en la asistencia económica a la Municipalidad de Rosario para poder proceder a dar la respuesta ecológica moderna concreta. Se ha avanzado en inversiones en parques fotovoltaicos que inyectan electricidad a la red pública de distribución, el desarrollo del biodiesel y las pruebas con un prototipo de un colectivo modificado para funcionar con asistencia hidráulica.  Una acción contundente sería la asistencia para poder tener troles nuevos en la Línea K.

Moderno trolebús articulado de fabricación suiza, con autonomía y carga dinámica. Vehículos de estas características son necesarios para renovar la línea K.

Harto conocido es que el corredor Este-Oeste es uno de los más rentables y de mayor raigambre en la población de Rosario. Lo sensato pues, es cuidarlo e invertir en él, para hacerlo cada vez más eficiente. La Señora Intendenta tiene que definir esta situación, ya que de hacerlo, sería un magnífico broche de oro en materia de transporte luego de sus dos mandatos.

Los testimonios fílmicos de la inauguración en 1994, en el siguiente enlace: https://www.youtube.com/watch?v=bMg_i1AzsEY

viernes, 20 de mayo de 2016

57 AÑOS DE TROLEBUSES: VOLVER A TENER LA RED QUE TUVIMOS, UNA CUESTIÓN DE POLÍTICA

El Trolebús como medio de transporte en la ciudad de Rosario, cumple cincuenta y siete años desde que fuera instalado por gestión del Vicepresidente de la Nación, Dr. Alejandro Gómez (oriundo de nuestra ciudad). Mucho hemos escrito sobre la historia de este sistema; sin embargo, creemos que de aquí en más es preciso reflexionar sobre su futuro y su papel en el contexto de la movilidad pública local.




Fotogramas extraidos del noticiero cinematográfico "Sucesos Argentinos" Nro. 151, de junio de 1959. Colección: Sr. Luis Di Sarli


Acaso “el trole” nunca será tan entrañable como el tranvía eléctrico, pero no obstante supo construir su historia dentro de la urbe, y en tiempo de permanencia ya equipara y supera a la de su “primo mayor” (aunque nunca en cantidad ni en kilómetros de infraestructura).

Como todo transporte guiado o semi-guiado, es dependiente de la política de turno.  El Trolebús entró “por política” en Rosario; y es por esa misma razón por la que no puede terminar de expandirse, o al menos, recuperar la presencia que supo tener en su primera década en la ciudad.  El Decreto del HCM Nº 32.611 de 2009, declara al Sistema Municipal de Trolebuses como “patrimonio histórico y cultural”. Acaso ese sea el único salvoconducto que ha permitido que este medio de transporte subsista -como puede- en Rosario, frente a 760 ómnibus y la indiferencia de algunos funcionarios.


Tiempos en que había una multiplicidad de recorridos de líneas de trolebuses: La curiosa esquina de Corrientes y San Luis, donde las unidades de las Líneas H e I giraban al Oeste para hacer la vuelta-manzana y retornar hacia el Norte de la Ciudad. El coche M.A.N. (que sigue al Fiat), habrá de seguir derecho al Sur, ya que pertenece a la línea G. Colección: Centro Storico FIAT (Torino-Italia). Rescate de Leonardo Ragaglia


Justo es reconocer que el 90% de la flota de la Línea “K” funciona aceptablemente bien, aun con veintidós años de uso ininterrumpido, siendo este servicio el único que conserva los criterios generosos de frecuencias de antaño, y que no ha sufrido las ruinosas modificaciones de recorrido que afectaron a tantas líneas de ómnibus.

Si el servicio actual no es mejor, se debe a la falta de facilidades que el propio municipio debería conferirle para un mejor desplazamiento, y aprovechar así el potencial que este tipo de vehículos tiene en cuanto a velocidad comercial, fundamentalmente.

La anunciada implementación de la Línea “Q” (complementaria de la “K”), pone de manifiesto un compromiso de las autoridades municipales en lo relativo a procurar incrementar la presencia de este medio de transporte.

Pero precisamente, es la propuesta de esta línea nueva (planificada sin cableado, en función de una prometida autonomía por parte del fabricante ruso de las nuevas unidades ya contratadas), la que abre nuevamente el interrogante acerca de la negativa municipal para acometer la rehabilitación de los históricos corredores Norte y Sur; deuda contraida por la intendencia radical de Horacio Usandizaga en 1984, y que las sucesivas administraciones socialistas hasta la fecha, no supieron, no pudieron o no quisieron revertir.



Una realidad que muchos quieren esconder: la importante red de transporte eléctrico por trolebuses que tuvo la ciudad de Rosario, y que por malas políticas, se terminó perdiendo.
Plano realizado por Leonardo Ragaglia


Lo que en cualquier ámbito significaría un debate técnico, en Rosario se transforma en una disquisición política, donde los intereses no son ajenos.

El corredor Norte-Sur de trolebuses (junto con la sobreviviente Línea “K”), habían sido entregados por un intendente de facto a un empresario privado, apadrinado por el intendente -también de facto- de la vecina localidad de Villa Gobernador Gálvez. La insolvencia técnica quedó manifiesta al poco tiempo. La incapacidad financiera, también. No así la habilidad política y el flujo de caja diario por la venta de boletos, que durante años permitió que los controles oficiales no se cumpliesen en tiempo y forma.

Esa situación malsana que en los albores de la intendencia democrática persistió gracias a la indulgencia del intendente de entonces, se perpetuó en el tiempo por el crecimiento exponencial de este empresario, que al convertirse en un importante “proveedor de transporte público”, cobraba poder por la dependencia política que hacia él tributaba el funcionariado. Pasado en limpio: “no lo molestemos, porque si se va, nos quedamos sin transporte”.

LA INEXPLICABLE PERSISTENCIA DE UNA LÍNEA PRECARIA...DOCE AÑOS DESPUÉS:

En función de esa consigna, se le permite hasta el día de hoy explotar con colectivos el corredor Norte-Sur, pese a que la concesión venció hace doce años, y a que el propio Municipio tiene dos empresas muy bien equipadas con las que podría prestar los servicios de la línea en cuestión (la “103”).  “Posición de fuerza”, que le dicen.



Es por esta razón que no extraña que la Municipalidad pueda (con buena intención, claro está) planificar una nueva línea de trole -sin cables- en cualquier lugar siempre que no afecte a los intereses de este empresario; es decir, NUNCA en el corredor que aquél ocupa con su precarizada pero gananciosa línea “103”...

La negativa cerrada a siquiera considerar la vuelta de los trolebuses en el corredor Norte-Sur, tuvo otro punto de apoyo: el proyecto Tranvía Metropolitano Rosario.

El estudio de consultoría encargado al consorcio Systra-ATEC, propuso en 1998 la reimplantación de tranvías eléctricos modernos en el referido corredor, pero colocándolo en el escenario de mayor expectativa, y sin excluir al trole como una alternativa menos ambiciosa.

TRANVÍAS DE FANTASÍA, 18 AÑOS DE ANUNCIOS:
Desde entonces el Municipio y la Provincia realizaron estudios y gestiones para lograr el financiamiento de la ingeniería de base y la posterior obra de instalación. Los altos costos iniciales (que superarían los 400 millones de dólares en un tramo de diecinueve kilómetros entre el Policlínico Eva Perón de Granadero Baigorria y la Ciudad Universitaria), más las complicaciones que implicaría la readecuación de las tuberías y cableados subterráneos, conducen a elegir una mejor oportunidad para acometer la reintroducción de un sistema que por mejor que sea, resulta muy difícil de costear en su implementación efectiva.

Es entonces donde hacemos nuestra el axioma “Lo perfecto es enemigo de lo posible”.

Un metro o un tranvía en el corredor Norte-Sur es muy difícil de financiar.  Por lo tanto, resulta una verdadera oportunidad el volver a evaluar toda la infraestructura en columnas y edificios de subestaciones rectificadoras para la rehabilitación de los trolebuses en los recorridos señalados.


La reciente compra de unidades a Rusia, pone de relieve que el precio de éstas supera en muy poco el de un ómnibus Diesel de industria nacional, con el agregado de una mayor vida útil para el eléctrico.  Sirva entonces esta ventaja para considerar volver al trole en las antiguas líneas “H” y “M”, ya que tras dieciocho años de ponderar el Tranvía Metropolitano, no es posible instalarlo debido a su alto costo y complejidad de obra.

AMENAZAS INTERNACIONALES CONTRA LA VIGENCIA DEL TROLEBÚS:

En el orden internacional, el concepto de trolebús tal como lo conocemos desde que fuera concebido en 1882, está siendo puesto en dudas por los propios fabricantes de este tipo de unidades, desde que el desarrollo de las baterías de Ion-Litio cobrase auge en los últimos años.  La panacea del “ómnibus eléctrico automotor” surge como una amenaza al trolebús y a su infraestructura de apoyo.  Sin embargo, aún se desconoce el rendimiento y duración de los equipos de baterías en el mediano y largo plazo.  Algunas estimaciones colocan el precio de reposición de los acumuladores en alrededor del 50% del vehículo nuevo.  Tampoco se conoce el regimen de trabajo óptimo (circulación en llanura o en terrenos con pendientes; cantidad de paradas y arranques, velocidad comercial constante, etc.).

Los funcionarios deberían extremar la cautela a la hora de adquirir estas unidades autónomas, hasta tanto no exista una estadística confiable sobre las nuevas tecnologías, las que por otra parte encarecen el valor inicial del vehículo.  Nos preguntamos entonces ¿cuál es el negocio del supuesto ahorro de energía que aparentemente ofrecen los nuevos sistemas de tracción, cuando por otra parte el valor de estos equipos puede significar el cuádruple del precio respecto de uno convencional?

NUESTRA CONCLUSIÓN: 

Al margen de las disquisiciones internacionales, reservadas para otros foros, Rosario haría bien en recapacitar sobre lo que tuvo y lo que puede tener, dejando para un futuro la  incorporación de sistemas que por más confiables que sean, son inalcanzables para nuestra economía.


Simulación digital de la reimplantación de la Línea "M" de Trolebuses en la Av. San Martín, a la altura de Bv. Seguí. Montaje: Leonardo Ragaglia.

Por otra parte, las razones de timidez política y económica frente a un concesionario crecido en base al usufructo de bienes municipales, deben ser definitivamente abolidas para de una vez por todas, recomponer los recorridos troncales con sistemas como el Trolebús, de probada solvencia técnica, económica y urbanística.-

1959 - 24 DE MAYO - 2016
57o. ANIVERSARIO

Agradecimientos:
Sr. Luis Di Sarli, por ceder copia del documental de "Sucesos Argentinos";
Sr. Fabio Sbérgamo, por la corrección digital de los fotogramas;
Sr. Carlos A. Fernández Priotti, por la corrección de textos;
Prof. Leo Ragaglia: por los planos, fotomontajes digitales y su colección de fotografías.


martes, 15 de marzo de 2016

SE FIRMÓ EL CONTRATO PARA LA PROVISIÓN DE TROLEBUSES RUSOS PARA ROSARIO

Tal como informamos en carácter de primicia el pasado 8 de diciembre, la Municipalidad de Rosario por medio de su Sociedad del Estado Municipal para el Transporte Urbano de Rosario (SEMTUR), adjudicó la compra de 12 trolebuses TROLZA modelo "Megápolis"; precisamente a la empresa TROLZA, de la Federación Rusa.
Tras un proceso de arduas negociaciones, el 14 de marzo de 2016 se suscribió el CONTRATO DE COMPRA, de las unidades.  El encuentro se realizó en la sede administrativa de SEMTUR, sita en calle Presidente Roca 1576 de Rosario.

Participaron, por la Municipalidad de Rosario, la Secretaria de Movilidad, ingeniera Mónica Alvarado, el Subsecretario de Movilidad, arquitecto Arnold Curátolo, el coordinador por la Secretaría de Movilidad y Gerente General de SEMTUR, ingeniero Héctor Zanda, la gerenta general del Ente de la Movilidad de Rosario, contadora Andrea Magnani, y la gerenta económico-financiera del Ente de la Movilidad de Rosario, Frana Bosnic.  Por SEMTUR, también rubricó el convenio el vicepresidente del Directorio, ingeniero Eladio Caballero.  Asimismo, firmaron el contrato tres funcionarios de la empresa TROLZA, llegados desde Rusia, en calidad de "contraparte".

Apariencia que podrían tener los nuevos trolebuses funcionando en Rosario. Fotomontaje en Plaza Sarmiento, con fotografía extraída de la Internet (crédito al autor). Procesamiento de imagen: Fabio Sbérgamo

Los tres funcionarios de la empresa TROLZA, dialogando con los funcionarios rosarinos.

Aunque no trascendieron precios ni plazos de entrega, se espera que para para el segundo semestre de 2016 o principios de 2017, las primeras unidades estén llegando a la ciudad.
Se trata del modelo "Megápolis", el tope de gama de la compañía rusa. De aproximadamente doce metros de longitud, y cerca de treinta asientos y capacidad para dos sillas de ruedas, estos troles tienen piso 100% bajo, careciendo de escalones interiores, lo cual facilitará el desplazamiento de los pasajeros de pie.
Por otra parte, la fabricante promete una autonomía de hasta 20 Km. fuera de la línea aérea de contacto, mediante paquetes de baterías de ion-litio.  Es por esa condición, que la Municipalidad planea la reimplantación de una nueva línea, denominada "Q", que sería complementaria de la actual "K", pero divergiendo en su recorrido en la intersección con la Av. Francia, por la que circulará sin catenarias hasta las inmediaciones de la Avenida de Circunvalación.  En el tramo clásico con línea aérea, los coches recargarán las baterías, llegando hasta la Ciudad Universitaria.

                                      
Funcionarios de la Municipalidad de Rosario, del Ente de la Movilidad y de SEMTUR, dialogando con uno de los enviados de TROLZA.


El Subsecretario de Movilidad, arquitecto Arnold Curátolo, dialoga mientras uno de los funcionarios rusos revisa el contrato.

Por otra parte, estos coches podrán también reforzar la actual flota de la Línea K, así como también otros recorridos que puedan estudiarse en el futuro.

TROLZA es actualmente una empresa privada, sucesora de URITZKY, la decana fábrica de trolebuses de la Unión Soviética, que es la más grande del mundo en su rubro.
En su condición de compañía estatal, Uritzky fue proveedora de decenas de trolebuses ZIU 5 y ZIU 682 para la ciudad de Bogotá (Colombia), durante las décadas de 1970 y 1980.
En la Argentina, la primera compra la realizó la Empresa Martín Fierro S.R.L. en 1980, con cinco trolebuses ZIU 682, que sólo funcionaron cuatro años por falta de mantenimiento.
En 1984, el Gobierno de la provincia de Mendoza intercambió mosto de su bodega estatal GIOL por diecisiete trolebuses ZIU 682, los que funcionaron durante veinticinco años en la Empresa Provincial de Transporte de Mendoza.
En tanto, la Municipalidad de Córdoba inauguró un sistema troncal de tres líneas llave en mano en el año 1989, llegándose a disponer de cuarenta y cuatro trolebuses ZIU 682 y ZIU 683 (articulados), muchos de los cuales aún funcionan, .
dando cuenta de su fiabilidad en tanto sea adecuado su mantenimiento, tras veintiséis años de uso.  Es por ello que el municipio cordobés confió en TROLZA para iniciar un proceso de renovación de flota, cuyas primeras siete unidades de última generación ya funcionan por las calles cordobesas desde hace dos meses.

DESPUÉS DE CINCUENTA Y CINCO AÑOS
Esta transacción es la primera compra de trolebuses que hace la Municipalidad de Rosario desde que se adquirieron los trolebuses FIAT-ALFA ROMEO-CGE en 1961; pues el resto de las incorporaciones fue por oportunidades de unidades usadas, o coches nuevos adquiridos por concesionarias privadas.
Sin lugar a dudas, es una decisión política trascendental, que se produce como consecuencia de los alentadores resultados del funcionamiento de la Línea K, mérito que corresponde a -en principio- la actitud de municipalizar la línea en 2004, en medio de un dramático panorama de vaciamiento empresario privado, y la gestión correcta de SEMTUR; y fundamentalmente, del personal de la propia línea, el que tiene un total compromiso con El Trole.

Aguardamos entonces el proceso constructivo de los nuevos trolebuses y su esperada llegada a la ciudad de Rosario, en beneficio de la comunidad, que podrá ver un renacimiento de un sistema que ya lleva más de cinco décadas en el panorama urbano.


martes, 8 de diciembre de 2015

PERSPECTIVAS PARA LA NUEVA LÍNEA "Q" DE TROLEBUSES

En 2013, el Ente de la Movilidad de Rosario comenzó a definir los parámetros de un nuevo sistema de transporte urbano de pasajeros.  Entre los criterios considerados, surgió la idea de incorporar una nueva línea de trolebuses. Pero atención: no estamos hablando de la sensata reimplantación de las líneas H y M, como el sentido común indicaría.  Se trata de un nuevo corredor que sea subsidiario de la actual línea K; ni más ni menos que una variante de la actual línea 127 de ómnibus (otrora la 15 Roja; a su vez, una mutación de la primitiva línea 15 tranviaria, surgida en el primer decenio del siglo anterior).


Tranvía de fabricación rosarina, al servicio de la línea "15", antecesora de ex línea "15 Roja"  y de  la actual "127" de ómnibus, sobre cuya parte de su recorrido se plantea la nueva línea "Q" de Trolebuses.  Colección ASOCIACIÓN ROSARINA AMIGOS DEL RIEL. 


A la vez que era muy tenido en cuenta el importante índice pasajero/kilómetro de la “127”, se aprovechaba el tramo de infraestructura eléctrica ya existente para la tradicional línea K, debiéndose construir solamente el tramo de Av. Francia, entre San Juan y Av. Manuel de Arijón.


Ómnibus articulado Mercedes-Benz O500, al servicio de la línea "127".  Foto: MARIANO C. ANTENORE


VARIANTES DESDE OTRAS PROVINCIAS
Mientras el EMR planificaba, los restantes sistemas de trolebuses del país, estudiaban otras alternativas para renovar sus respectivas flotas.  Por caso, la Empresa Provincial de Transporte de Mendoza, por iniciativa de su entonces director-gerente, Dr. Francisco Losada, tuvo la audaz idea de encarar la fabricación de un trolebús que satisficiese las necesidades del tipo de servicios prestados en aquella provincia. Los técnicos de la EPTM consideraron alternativas, a la vez que como resultado de una licitación pública, y en razón de la negativa de participar de la principal proveedora de chassis, el proyecto se desarrolló de manera conjunta con la firma cordobesa Material Ferroviario S.A., de capitales nacionales.  Así fue que sobre la plataforma de un Materfer “Águila” se fabricó el trolebús “401”, originalmente equipado con dispositivos de marca alemana. A ese coche le siguieron trece unidades más, ya con equipamiento de otra procedencia.


Trolebús  No. 401 desarrollado por la Empresa Provincial de Transporte de Mendoza y fabricado en conjunto con
Material Ferroviario S.A., equipado con dispositivos Siemens. Foto: MARIANO CÉSAR ANTENORE.

En tanto, la acuciante situación de déficit de unidades eléctricas en la TAMSE de Córdoba (que parcialmente presta sus servicios con ómnibus Diesel), hizo que se acelerasen las ya demoradas renovaciones de unidades. La compañía mediterránea prefirió optar por la marca Trolza, sucesora de la “Uritzky”, que proveyó los trolebuses que aún hoy, tras veintiséis años, siguen trajinando (aunque en número reducido) las arterias de “La Docta”.  Cinco unidades convencionales y dos de tecnología superior y piso 100% bajo, esperan las autorizaciones de la aduana nacional para comenzar a circular.


Trolebús TROLZA "Optima" (convencional de piso de altura normal), comprado por TAMSE de Córdoba, en sus test de pruebas en Rusia. Foto: Créditos al autor - extraída de internet.


Fue precisamente el representante de Trolza quien interesó a las autoridades rosarinas sobre la conveniencia de los Trolza de última generación –bautizados “Megápolis”- sobre la supuesta posibilidad de circular fuera de la línea aérea de contacto durante 40 Km. y a velocidad comercial competitiva. El precio de un trolebús de estas características supera casi en un 100% a su competidor argentino, pero es un 130% más barato que un coche de similares prestaciones construido en Europa Occidental.
Por otra parte, dicha prometida autonomía incentivó a los funcionarios rosarinos a descartar de momento la construcción de la catenaria y subestaciones sobre el nuevo tramo, confiando en que los coches puedan recorrer ese sector con sus equipos de baterías, y recargándolas al reconectarse a la red eléctrica desde Av. Francia y Mendoza hasta la Ciudad Universitaria y de regreso, hasta San Juan y Francia, para desconectarse nuevamente y llegar de manera autónoma al destino de la nueva línea Q.

¿”COMPRE NACIONAL”?
En el ínterin los trolebuses destinados a Mendoza pasaron a fabricarse en la subsidiaria Agrinar S.A., ubicada en Granadero Baigorria, a pocos kilómetros de Rosario.  Las tratativas entre los directivos de esta industria ante la Municipalidad de Rosario, posibilitaron el traslado y exhibición de un trolebús “para Mendoza” en el último Congreso Latinoamericano de transporte Público, celebrado en Rosario en los últimos meses de 2014.  Pero parecería que las cartas ya estaban echadas: las autoridades rosarinas habían viajado unos meses antes a Rusia, invitados por el fabricante Trolza.  La impresión que recibieron habría sido muy buena, y el antecedente habría de pesar en la próxima licitación pública.


Presentación del Trolebús EPTM/MATERFER, en Rosario, durante el Congreso latinoamericano de Transporte Público - Año 2014 - Foto: MARIANO CÉSAR ANTENORE

Tras algunas postergaciones, el 6 de febrero de 2015 se abrieron las ofertas para la compra de las doce unidades eléctricas, con un presupuesto de $ 40.000.000. (al cambio oficial de la fecha, representaría unos u$s 343.000 por trolebús, y podría ser aún menos si se contemplase la cotización del “dólar contado con liquidación” o el “dólar paralelo”). Lo que es exiguo para fabricantes europeos, brasileños y mexicanos, forzó la declinación de las industrias de estos países para participar de la compulsa.  No lo creyeron así Trolza ni Agrinar, que sí presentaron sus propuestas.

LA SELECCIÓN
Un proceso de largos meses conllevó un inicial análisis técnico de las dos ofertas, a cargo de los especialistas de la Sociedad del Estado Municipal para el Transporte Urbano de Rosario (división Trolebuses), tras lo cual, el resto del estudio de las propuestas estuvo bajo la órbita del Ente de la Movilidad.
Ignoramos los aspectos que valoraron los técnicos para que se resolviese la compra de los doce trolebuses a “Trolza” con su modelo "Megápolis". También desconocemos el veredicto legal y económico.
Pero de nuestra lectura de las exigencias del pliego, surge que el proveedor ruso es el que se ajusta a las exigencias rosarinas, tanto en las prestaciones pretendidas, como en el diseño del vehículo.
Existiendo en vigencia sendas leyes de “Compre Trabajo Argentino” y “Compre Nacional”, se supone que las razones para inclinarse en favor de la fábrica de la región del Saratov, han de ser contundentes.  No obstante, el tiempo dirá si el rendimiento de las baterías es el prometido, tanto en duración de la carga, como en la velocidad que a su merced podría desarrollar el vehículo, y fundamentalmente, el tiempo de vida útil y el precio de reposición.  Quizás en el mediano plazo se haga necesario el tendido eléctrico y el montaje de subestaciones en el tramo a servir.
Por su parte, se sabe que las carrocerías son autoportantes y con gran superficie vidriada, lo cual podría significar un inconveniente para los pavimentos rosarinos, que no suelen ser regulares ni benévolos.  Una foto trascendida en la web exhibe el estado en que quedó un “Megápolis” tras un choque frontal.

Estado de deterioro en que quedó la máquina No. 2167  (TROLZA "Megápolis") del sistema moscovita, tras un choque frontal . Foto: Créditos al autor - extraída de internet.

¿Por qué no se compró un trole que se fabrica a dos kilómetros del límite del municipio? No lo sabemos. Sí podríamos aventurar que la longitud del mismo es más reducida, que tiene escalones interiores (contrario a lo que pide el pliego), y que tiene dos puertas en lugar de tres. Y pese a que se ha mencionado un acuerdo con un proveedor eléctrico de prestigio internacional, aún no ha salido de la línea de ensamblaje ningún trolebús con la tecnología prometida.  Por último, los titulares de la firma despiertan resquemores por polémicas actuaciones en el pasado, tanto en la rama industrial como en la de los servicios públicos ferroviarios. En su favor, podemos encontrar mayor robustez en la carrocería (tiene un fortísimo chassis), y el acceso a repuestos mecánicos de uso corriente.



ADJUDICACIÓN
Deberán cumplimentarse determinados pasos administrativos, legales y económicos para que la importación sea consumada.  Por su parte, se estudia la renovación del hilo de contacto en la Línea K, por conductores de mayor sección, así como también la renovación de las subestaciones rectificadoras de Plaza Sarmiento, calle Río de Janeiro y Ciudad Universitaria; ya que no sólo circularán doce trolebuses nuevos sumados a los diecisiete actuales, sino que los primeros requerirán energía extra para recargar las baterías que les permitan circular en el tramo sin catenarias.



Frente del TROLZA "Megápolis". Foto: Créditos al autor - extraída de internet.

Interior del "Megápolis" visto desde atrás hacia adelante. Foto: Créditos al autor - extraída de internet.

El "Megápolis", recorriendo las amplias avenidas de Moscú. Foto: Créditos al autor - extraída de internet.

Un "Megápolis" en uso de su equipo de autonomía mediante baterías, circulando por una carretera de Tula, Rusia. Foto: Créditos al autor - extraída de internet.

Presentación del modelo "Megápolis" , destinado a la ciudad de Atenas, Grecia.
Foto: Créditos al autor - extraída de internet.

Desconocemos la actual calidad de los trolebuses rusos. No podríamos aventurarnos a juzgar sus cualidades y sus defectos. Sí podemos recordar a los ZIU 682 que circularon por las calles rosarinas entre 1980 y 1984. De construcción mucho más rústica, y calidad evidentemente inferior a la de sus antecesores italianos, con emisiones de ruido superiores y comparables a las de un colectivo Diesel.  En su favor, un diseño atemporal que vence al tiempo, suspensión muy confortable y una excelente velocidad, con adelantos inéditos para nosotros.

Nota del diario La Tribuna, dando cuenta de la llegada de las tres primeras máquinas ZIU 682 a la ciudad de Rosario. Abril de 1980. Colección: ALBERTO PABLO ESTEVE.


Trolebús ZIU 682 de la Empresa Martín Fierro al servicio de la Línea M, en su punta de Av. San Martín y Muñoz, zona sur de Rosario: Foto: ENERGOMACHINOEXPORT / Colección: MARIANO CÉSAR ANTENORE

El pésimo mantenimiento y desdén que la flota ZIU sufrió en Rosario, se contrapone con los veinticinco años en que similares unidades circularon en Mendoza y otras, en Córdoba. Es decir, con un mantenimiento correcto, los trolebuses rusos son rendidores y cumplen los objetivos. Trolza lo sabe, y no es casualidad que la fábrica tenga más de cinco décadas de existencia.




Desde TROLEBUSES ROSARINOS seguiremos sosteniendo la necesidad de recuperar los corredores de trolebuses al menos en el sector centro-sur, pero a la vez celebramos que la incorporación de nuevos trolebuses sea Política de Estado para la ciudad de Rosario.


Posible recorrido -sujeto a variantes- de la posible Línea "Q", que será subsidiaria de la actual "K", y que recibiría los doce TROLZA "Megápolis" que adjudicó recientemente la Municipalidad de Rosario


lunes, 7 de diciembre de 2015

LA LICITACIÓN DE COMPRA DE 12 TROLEBUSES PARA ROSARIO, QUE FUE RECIENTEMENTE ADJUDICADA

 De acuerdo a lo publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SANTA FE del 19 de enero de 2015, presentamos el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARA LA LICITACIÓN NACIONAL E INTERNACIONAL 01/2015, PARA LA ADQUISICIÓN DE 12 TROLEBUSES.
la lectura de este documento público, podrá ser de utilidad al lector para una posterior comprensión del veredicto de las autoridades en lo referido a la adjudicación de la compra a la compañía TROLZA  de la Federación Rusa. 



SOCIEDAD DEL ESTADO MUNICIPAL PARA EL TRANSPORTE URBANO DE PASAJEROS
S.E.M.T.U.R.




LICITACIÓN NACIONAL E INTERNACIONAL 01/2015
ADQUISICIÓN DE DOCE (12) TROLEBUSES














Presupuesto oficial:  Pesos Treinta y Nueve Millones cincuenta y cuatro Mil Pesos
($  39.054.000  )
Valor del pliego: Pesos  Treinta y Nueve Mil Pesos ( $ 39.000)
Garantía de oferta: Pesos Setecientos Ochenta y Un Mil Ochenta ( $ 781.080.-)   
Sellado para impugnación: Pesos  Setenta y Ocho Mil ( $ 78.000.-)
Fecha y lugar de apertura de sobres:  ………………… del 2014 , a las ….. Horas
Fecha límite para presentación de ofertas : ………………… 2014 a las … Horas *
Lugar de presentación de ofertas y acto de apertura : …………………………………….
de Rosario (Código Postal 2000), Provincia de Santa Fe, República Argentina


ÍNDICE
Pliego de Condiciones Generales y Particulares























Pliego  de Condiciones Generales y Particulares

Artículo 1.   Objeto

La Sociedad del Estado Municipal para el Transporte Urbano de Rosario  (S.E.M.T.U.R), llama a LICITACIÓN NACIONAL E INTERNACIONAL PARA LA ADQUISICIÓN DE DOCE (12) TROLEBUSES  0 Km y demás componentes que se detallan con sus respectivas especificaciones técnicas mínimas en el Anexo I del presente pliego.

Artículo 2.   Terminología

A los efectos de la interpretación de este Pliego, sus anexos y todo otro documento contractual, los siguientes términos y expresiones tendrán el significado que a continuación se consignan:
ADJUDICACIÓN: Acto administrativo emanado S.E.M.T.U.R mediante el cual se resuelva esta Licitación a favor del oferente seleccionado.
Adjudicatario: El oferente cuya propuesta en la presente Licitación  ha sido aceptada, por acto formal de S.E.M.T.U.R
CIRCULAR: La comunicación escrita y formal cursada por S.E.M.T.U.R a los adquirentes de los Pliegos conteniendo explicaciones y/o aclaraciones de cualquier aspecto relacionado con la Licitación. En ningún caso podrán modificar o alterar lo especificado en el presente Pliego.
CONSORCIO  O  UTE: Unión de dos Empresas o Sociedades que,  conservando su personería jurídica,  se reúnen para actuar unidas  bajo una misma dirección. Frente a S.E.M.T.U.R constituyen un ente único y sus integrantes  responden en forma solidaria e ilimitada  frente a la  misma por las obligaciones contractuales.
Contrato: Es el documento que formaliza el acuerdo de voluntades generador de obligaciones y derechos entre S.E.M.T.U.R y el adjudicatario   para la  concreción del objeto previsto en este Pliego.
Especificaciones técnicas: Normas en las que se describen en particular las características, medios y/o modalidades  de los bienes y servicios que conforman el objeto de la presente Licitación.
Inspección: La actividad técnico-administrativa de supervisión y contralor de las provisiones por parte de S.E.M.T.U.R
Oferente o proponente: La empresa, consorcio de empresas o Unión Transitoria de Empresas (UTE) que formule Ofertas en la presente Licitación.
Oferta: Acto jurídico de propuesta que presenta  el oferente, conformado por los documentos legales, económico-financieros y técnicos ajustados al presente pliego.-
PESOS: Moneda de curso legal en la República Argentina.
PLIEgo: La documentación compuesta por las Condiciones Generales y Particulares,  Pliego de Especificaciones Técnicas, con todos sus Anexos y Circulares Aclaratorias correspondientes.
Representante: La/s persona/s designada/s por el Oferente con amplias facultades para considerar y resolver cuestiones relativas a la Oferta y el Contrato, obligando al Oferente, o Adjudicatario, según corresponda.
Selección: El proceso para determinar los oferentes que se recomiendan para la adjudicación.
SOCIEDADES  EXTRANJERAS: Las definidas por el art. 118 de la Ley 19550.

Artículo 3.   Cómputo de plazos

Todos los plazos establecidos en el presente y el que resulte aplicable a toda otra documentación relacionada con el llamado a Licitación serán computados en días hábiles, salvo en lo que expresamente se consigne otro modo de cómputo.

Artículo 4.   Adquisición de Pliegos

El presente pliego se encuentra a disposición de los interesados para su consulta y adquisición en el domicilio de S.E.M.T.U.R. de calle Presidente  Roca Nro. 1576 de Rosario, Provincia de Santa Fe, República Argentina, TE 54-0341-4409615.
Todo interesado en concurrir a esta licitación deberá adquirir un ejemplar completo del Pliego. El importe abonado no será devuelto, aún en el caso de que la Licitación fuere dejada sin efecto. El Pliego se podrá adquirir hasta las 12:00 horas del día ….
El valor del Pliego se fija en la suma de Pesos  Treinta y Nueve Mil ($ 39.000)  los cuales deberán ser pagados por el Oferente al momento en que se realice la compra. Se admitirá la compra por medio de transferencia electrónica a la cuenta corriente Nro. 020-0005877/3,  abierta a nombre de  S.E.M.T.U.R en el Banco Municipal de Rosario, Sucursal 20, CBU -  0650020701000000587739. En tales casos el pliego y su recibo de adquisición serán emitidos una vez que se constate la acreditación de la transferencia o depósito. El Oferente tomará los recaudos para que las acreditaciones se realicen en los plazos fijados.

Artículo 5.   Consultas y  circulares aclaratorias

Las dudas que pudieren originarse sobre el Pliego deberán plantearse por escrito  y en idioma nacional, solicitando las aclaraciones que se estimen necesarias. Será requisito indispensable para la formulación de consultas  haber adquirido el pliego de la Licitación.-
Las consultas podrán ser remitidas a S.E.M.T.U.R por correo electrónico para lo cual , al momento de  la compra del pliego  el oferente deberá  formular declaraciòn jurada consignado la direcciòn de mail que se tendrá por válida para la  recepciòn y remisiòn de las consultas y/o circulares.- SEMTUR fija como  dirección de mail a la cual deberán dirigirse las consultas info@semtur.com.ar .-
S.E.M.T.U.R pondrá los pedidos de consultas y/o aclaraciones y sus respuestas a disposición de todos los adquirentes del pliego.
Los  oferentes no podrán argumentar desconocimiento de las circulares por falta de recibo, debiendo concurrir obligatoriamente a S.E.M.T.U.R antes de las  ….. horas del día ….., a tomar conocimiento y retirar copia de las circulares emitidas. Sin perjuicio de lo expresado todas las circulares se considerarán notificadas de pleno derecho el día ……………… a las …………..horas.- 

Artículo 6.   Domicilio- Reclamación Previa - Jurisdicción

Será tenido como domicilio del oferente, el especial constituido en la oferta, debiendo encontrarse fijado en la ciudad de Rosario donde se tendrán por válidas todas las  notificaciones que se le cursen.-
S.E.M.T.U.R  fija su domicilio en calle Presidente Roca  1576 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, República Argentina.-
Si el oferente modificara el domicilio constituido antes de vencido el plazo de validez de la oferta deberá comunicar tal circunstancia en forma inmediata y por medio fehaciente.
Todas las cuestiones que pudieran suscitarse con motivo de la aplicación e interpretación del presente llamado a licitación deberán estar precedidas por reclamo previo, sin perjuicio de las instancias que legalmente correspondan.
Las partes someterán las acciones o cuestiones que entre ellas se susciten a la competencia de los tribunales ordinarios de la Ciudad de Rosario, renunciando expresamente a cualquiera otra jurisdicción que pudiera corresponderles.

Artículo 7.   Condiciones de los oferentes

Podrán concurrir como oferentes al presente llamado a licitación todas las personas jurídicas legalmente constituidas de conformidad con la ley 19.550, domiciliadas en el país o en el exterior, éstas últimas sólo en las condiciones previstas en el presente artículo. No podrán concurrir, ya sea en forma individual o asociadas en consorcio las personas físicas, ni las sociedades irregulares o de hecho.
Las sociedades  constituidas en el  extranjero, podrán presentarse individualmente o participando  conjuntamente con una Sociedad  de capital argentino. En este último caso conformando  un Consorcio o UTE sólo hasta el CUARENTA Y NUEVE  POR CIENTO (49%) del capital social con derecho a voto. Esta participación será nominativa e intransferible durante todo el contrato, salvo expresa autorización de S.E.M.T.U.R.
Las sociedades que participen en el llamado podrán presentarse individualmente o como integrantes de un Consorcio, pero no podrán hacer uso de ambas alternativas. Tampoco podrán ser parte integrante de más de un Consorcio. El incumplimiento de esta condición será motivo de descalificación de las ofertas que resulten involucradas.
El plazo de duración de los contratos societarios de las empresas oferentes, como así también la vigencia de la vinculación de las empresas que concurren asociadas, deberá exceder en UN (1) año al plazo previsto de garantía en el Artículo 34  del Pliego.
En caso de que la oferta sea realizada por una Unión Transitoria de Empresas (UTE), un Consorcio u otra forma de asociación, se deberá acompañar carta de intención suscripta por los representantes de cada uno de los integrantes, los que deberán contar con suficientes facultades, con firma debidamente certificada por escribano público u Oficina de Certificaciones dependiente del Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe.

Artículo 8.   De los consorcios que resulten adjudicatarios

Si el adjudicatario fuera un consorcio de empresas, previo a la suscripción del Contrato deberá optar por las siguientes alternativas:
1-Constituir una Unión Transitoria de Empresas (UTE) conforme a las disposiciones de las leyes Nro. 19.550, y Nro. 22.903, debiendo establecerse en forma expresa en el contrato:
1.1. Responsabilidad solidaria e ilimitada de sus integrantes por todas las obligaciones emergentes del contrato.
1.2. La cantidad y naturaleza de los aportes que cada integrante comprometa.
1.3. El objeto, que será exclusivamente la prestación del servicio de la naturaleza del que se licita.
2-Constituir una sociedad anónima conforme a la Ley Nro. 19.550 y modificatorias, en donde se prevea en forma expresa lo siguiente:
2.1. Su objeto debe ser exclusivamente el cumplimiento del contrato y con un plazo de vigencia que deberá exceder en un año el plazo previsto para la ejecución del contrato y sus prórrogas.
2.2. Establecer la participación comprometida irrevocablemente de cada integrante en la nueva sociedad.
2.3. En forma expresa cada integrante de la sociedad anónima se constituirá en codeudor de la nueva sociedad, asumiendo responsabilidad solidaria e ilimitada por todas sus obligaciones sin beneficio de división ni excusión durante todo el término de vigencia del contrato.
2.4. La sociedad deberá tener como únicos socios fundadores, con la participación indicada en la propuesta, a los adjudicatarios, quienes deberán mantener durante todo el contrato, la facultad de decisión en la administración del nuevo ente.
Los proyectos de actas constitutivas y estatutos sociales serán sometidos para su previa verificación y aprobación. Asimismo, antes de la firma del contrato, deberán haberse iniciado los trámites de inscripción del contrato social ante la Inspección General de Justicia.
En el caso de que el trámite de inscripción antes referido aún no hubiera concluido, S.E.M.T.U.R  celebrará el contrato con la nueva sociedad "en formación". En este caso, las sociedades que componen el consorcio o que tengan participación accionaria en la nueva sociedad, suscribirán el contrato en calidad de codeudoras en las condiciones previstas en el inciso 2.3  de este artículo.
En tal sentido y hasta tanto no sea aprobada y registrada la nueva sociedad anónima por la inspección General de Justicia, la misma actuará como sociedad en formación, con la garantía de las sociedades que integren el consorcio como codeudoras de la nueva sociedad en los términos de la Ley Nro. 19550 y sus modificatorias.
Los estatutos de la/s adjudicataria/s deberán prever la obligación de no modificar durante todo el plazo de vigencia del contrato y sus prórrogas más TRES (3) año, la cláusula que establece que no pueden variar los porcentajes de participación en el Capital Social sin contar con la autorización previa y expresa del contratante.
Queda expresamente prohibida la transferencia de acciones que implique el reemplazo  o la reducción de su participación mínima establecida, o cualquier otra modificación de la que resulte una variación en la atribución del control total y responsabilidad del operador en los aspectos técnicos operativos de los servicios, sin autorización expresa. La trasgresión a esta prohibición será causal automática de rescisión: del contrato por causa imputable al adjudicatario.

Artículo 9.   Capacidades y requisitos mínimos exigidos a los oferentes

Los oferentes deberán acreditar las capacidades y requisitos mínimos jurídicos y técnicos que se detallan a continuación:

9.1.    Capacidad Jurídica

Los oferentes deberán reunir capacidad jurídica la que será determinada teniendo en cuenta toda la documentación prevista en este pliego, como el objeto de los contratos constitutivos y los estatutos sociales.

9.2.   Capacidad técnica

Se establecerá en función de los antecedentes en la provisión y/o fabricación acordes al objeto de la presente licitación.

Artículo 10.Conocimiento de las condiciones. Efectos de la presentación de la Oferta

Por el solo hecho de presentación de una oferta, se considera que se han aceptado las bases y condiciones de la presente licitación, por lo cual el oferente renuncia a invocar a su favor, con posterioridad, errores que pudiera haber incurrido al formular la oferta, duda o desconocimiento de las cláusulas y disposiciones detalladas en el presente Pliego.
La presentación de la oferta importa por parte del oferente el pleno conocimiento y aceptación de la totalidad  de las condiciones que rigen la Licitación.
No podrá con posterioridad invocar a su favor duda o desconocimiento de las estipulaciones del pliego, de la legislación aplicable ni de las condiciones técnicas y demás requisitos previstos para la provisión del objeto de la presente licitación.

Artículo 11.Garantía de la Oferta. Forma, plazo y monto

La garantía de mantenimiento de oferta se efectuará a la Orden de S.E.M.T.U.R., en pesos y  por un monto de Pesos Setecientos Ochenta y Un Mil Ochenta ($ 781.080)   equivalente al dos por ciento (2%) del monto del PRESUPUESTO aprobado para esta Licitación.
La  Garantía señalada precedentemente, podrá constituirse de las siguientes formas:
a) Póliza de Seguro de Caución, otorgada por una Compañía Aseguradora autorizada por la Superintendencia de Seguros de la Nación
b) Fianza o aval bancario en pesos, otorgada por Institución Bancaria u otra entidad financiera a satisfacción del Contratante
c) Depósito en pesos, que deberá efectuarse en la cuenta corriente de S.E.M.T.U.R. cuenta corriente Nro. 020-0005877/3,  abierta a nombre de  S.E.M.T.U.R en el Banco Municipal de Rosario, Sucursal 20, CBU -  0650020701000000587739.
En los casos de caución o fianza, la Compañía Aseguradora o la Institución Bancaria que la otorga, deberá constituirse en lisa, llana y principal pagadora, de acuerdo a la Ley de la República Argentina, sin beneficio de división o excusión, y pagadera, incondicionalmente, a primer requerimiento del Contratante. Deberá  poseer domicilio legal en la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, República Argentina y deberá manifestar su sometimiento expreso a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de esta ciudad.
En circunstancias excepcionales, y antes de la expiración del periodo de validez de ofertas, el contratante podrá solicitar a los oferentes prorrogar dicho período. La solicitud y las respuestas se harán por escrito. La garantía de mantenimiento de oferta deberá prorrogarse también por un período equivalente. Los oferentes podrán rechazar tal solicitud sin que se les ejecute su garantía y perderán validez sus ofertas. A los oferentes que accedan a la prórroga no se les pedirá ni permitirá que modifiquen sus ofertas.

Artículo 12.Mantenimiento de la oferta. Plazo

Los Oferentes se obligan a mantener sus ofertas por el término de sesenta (60) días corridos contados desde la fecha de apertura de la Licitación; transcurrido dicho plazo sin haberse dispuesto la adjudicación, se considerará prorrogado el plazo de mantenimiento de la oferta , en forma automática, por otros sesenta (60) días corridos, salvo manifestación en contrario del Oferente.

Artículo 13.Forma y lugar de presentación de la oferta

Las ofertas  serán presentadas en UN (1) SOBRE o CAJA cerrada, sin membretes o inscripciones que identifiquen al oferente y llevará, como única leyenda:

SOCIEDAD DEL ESTADO MUNICIPAL PARA EL TRANSPORTE URBANO DE PASAJEROS (S.E.M.T.U.R)

PLIEGO DE CONDICIONES LICITACION PÚBLICA NACIONAL E INTERNACIONAL N° 01/2014

ADQUISICIÓN DE DOCE (12) TROLEBUSES

Las presentaciones se admitirán hasta el día y la hora indicados seguidamente y deberán ser entregadas bajo recibo.
El lugar y fecha para la presentación de ofertas será:
Lugar: Sede de S.E.M.T.U.R., calle Pte. Roca 1576 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, República Argentina.
Fecha y hora: las ofertas  serán recibidas hasta las 14:00 horas del – día ………de noviembre del 2014  en el domicilio señalado precedentemente .
El SOBRE  o CAJA que presente el oferente deberá contener la siguiente documentación:
1) Nota de presentación a la Licitación con constitución de domicilio conforme formulario obrante en Anexo II. (Fs37) .
2) Identificación del oferente.
3) Documento que acredite la decisión de participar en la Licitación firmado por persona con facultad de obligar al oferente.
4) Garantía de la Oferta, el cual se efectuará en un todo de acuerdo a lo que se dispone en el Artículo 11 del presente  pliego.
5) Recibo de Compra del Pliego que acredite el pago por su adquisición. En caso de que varias empresas concurran asociadas en consorcio bastará la acreditación de la compra de los pliegos por uno de los integrantes del mismo.
6) Copia del Estatuto y/o Contrato Social, con constancia de inscripción en el Registro Público de Comercio, y/o Inspección de Personas Jurídicas. En caso de empresas extranjeras presentar constancias análogas de acuerdo a la legislación del país de origen.
7) Designación de un representante legal con facultades de para obligar al oferente y de un representante técnico. Ambas designaciones pueden recaer en una misma persona.-
8) En caso de U.T.E. deberán presentar acta de compromiso de constituirla en caso de resultar adjudicataria. El acta de compromiso deberá estar suscripta por persona con facultad para obligar a las empresas participantes debidamente certificada por escribano público o autoridad judicial. En la misma deberá constar la participación de cada una de las empresas que la integran; el objeto deberá contemplar el de la presente licitación y deberá establecer expresamente la responsabilidad solidaria e ilimitada de las mismas por todas las obligaciones que resulten del contrato de adjudicación.
9) El Pliego de condiciones, anexos y circulares aclaratorias debidamente foliado y firmado en todas sus fojas por el representante legal.
10) Declaración Jurada manifestando que, para cualquier cuestión judicial que se suscite con motivo del proceso licitatorio y/o el contrato , se acepta la jurisdicción de la Justicia ordinaria de la ciudad de Rosario de acuerdo a formulario obrante en Anexo II  ( fs 38) con renuncia expresa a todo otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder.
11) Constancia emitida por el Registro de Procesos Universales de no encontrarse incurso en Concurso ni Quiebra. Las sociedades extranjeras deberán acompañar esta constancia extendida por la autoridad con jurisdicción y competencia para otorgar la misma, con la correspondiente certificación, legalización y/o apostilla.
12) Autorización expresa a S.E.M.T.U.R para recabar informes de entidades oficiales o privadas de cualquier tipo, tendientes a la verificación de los datos y antecedentes consignados en la oferta.
13) Declaración de que el oferente garantiza la veracidad y exactitud de sus manifestaciones, fidelidad de los datos y demás referencias consignadas en la propuesta y la autenticidad de la documentación acompañada.
14) La Oferta Técnica:
14.1. Descripción de las características de los rodados que ofrece. Memoria descriptiva. Adjuntará folletos técnicos de los vehículos y toda información técnica que sirva para acreditar el cumplimiento de lo solicitado en ANEXO I de Especificaciones Técnicas. La misma deberá encontrarse acompañada de la siguiente documentación referida a las unidades ofertadas:
          14.1.1. Un (1) Manual de mantenimiento
          14.1.2. Un (1) Catálogo de repuestos
          14.1.3. Un (1) Manual de taller Completo (despiece)
Esta documentación deberá ser presentada en idioma español  o con su  traducción si correspondiera, en papel. No se requiere duplicado de la  misma. El oferente podrá  proporcionar adicionalmente  soporte informático  digital.-
          14.1.4. Ofrecimiento de unidad para su vista y evaluaciòn determinando  su ubicación a los fines previstos en el Art. 18 del presente Pliego .
          14.2.  Plan de capacitación  y entrenamiento que deberá contemplar como mínimo lo solicitado en el Anexo I del presente Pliego.-
          14.3. Garantías ofrecidas con clara especificación de su alcance y todo elemento que permita    su valoración, comprendiendo las garantía de fabricación y  Técnica .     
          14.4. Compromiso  escrito de vida útil y provisión de repuestos  que deberá cumplir como mínimo  lo solicitado en el Anexo I del presente Pliego.
          14.5. Detalle concreto  de las Herramientas e Instrumental que ofrece, lo que deberá cumplir como mínimo lo solicitado en el Anexo I del presente Pliego.
15) Antecedentes: Se adjuntarán constancias certificadas de donde resulte los antecedentes del  oferente y/o sus proveedores en prestaciones y/o provisiones acordes al objeto de la Licitación.
16) La Oferta económica la que deberá formularse conforme lo establece el Anexo III
cnteniendo:
* Precio ofertado .
*  Modalidad de pago.
*  Financiación ofrecida.
Todos los importes podrán expresarse en pesos, moneda de curso legal en la República Argentina  o en moneda extranjera. En este último supuesto la conversión de las monedas a los fines de la comparación de ofertas se realizará en base  al tipo de cambio vendedor del Banco Nación de la República Argentina  al cierre del quinto ( 5º) día hábil anterior  a la fecha fijada para apertura de ofertas.-  No se admitirán  reclamos por diferencias  basadas en tipos de cambio oficial  de moneda extranjera en la República Argentina y/o  los de paises de origen de los bienes.-
Las cotizaciones deberán  incluir todos los impuestos, seguros , tasas, contribuciones, gastos de nacionalización e importación  , de fletes tanto nacionales como internacionales y/u otras cargas necesarias  hasta  la entrega de las unidades y  equipamiento en el lugar y fecha que indique  SEMTUR. 
Toda la documentación deberá presentarse POR DUPLICADO; en idioma español, impresa, foliada, firmada y sellada al pie del texto en todas sus páginas, por el representante legal de la empresa, debiendo indicarse explícitamente la identidad del firmante autorizado.
Las enmiendas, entrelineas, raspaduras y/o testaduras deberán ser debidamente salvadas al pie de la hoja.
No se tomarán en cuenta las propuestas recibidas con posterioridad al día y hora fijados las que serán rechazadas.
Las propuestas podrán asimismo remitirse por pieza certificada sin membrete ni inscripción que identifique al oferente, en cuyo caso corre por cuenta exclusiva del mismo la responsabilidad y consecuencias por pérdidas, extravíos o demora de cualquier índole. El oferente deberá tener presente que la recepción de ofertas será de lunes a viernes de 8:00 a 16:00 Hs.
Las propuestas recibidas se enumerarán correlativamente en el orden de recepción.
El recaudo de la presentación por duplicado regirá también para la documentación, que conforme a este Pliego debe acompañarse con la oferta, debiendo identificarse el original y duplicado.
Los textos en idioma extranjero, deberán acompañarse con la correspondiente traducción al idioma castellano, efectuada y firmada por traductor habilitado, y será responsabilidad del oferente efectuar dichas traducciones, inclusive los manuales y folletos técnicos.

Artículo 14.Falseamiento de datos

El falseamiento de datos determinará la inmediata exclusión del oferente, con pérdida de la garantía constituida. Si la falsedad fuera advertida con posterioridad a la adjudicación y/o contratación, será causal suficiente para dejar sin efecto la misma o resolver el contrato por causa imputable al adjudicatario, sin perjuicio de las demás responsabilidades que pudieran derivar de tal circunstancia.

Artículo 15.Acto de apertura de ofertas

El acto de apertura de ofertas de la presente Licitación Pública se llevará a cabo el día 14 de noviembre del de 2014 a las 12:00 horas en la ………………………………. de Rosario, Provincia de Santa Fe, República, Argentina, o el primer día hábil posterior, a la misma hora, si éste resultare feriado.
S.E.M.T.U.R  se reserva el derecho de postergar el Acto Licitatorio hasta un plazo máximo de treinta (30) días corridos; tal circunstancia será notificada fehacientemente a los adquirentes del Pliego y será publicada la postergación en forma similar a la del Llamado.
El acto de apertura de sobres será presidido por directivos de la sociedad. De todo lo actuado se labrará el correspondiente Acta, la que previa lectura será firmada por los directivos actuantes y por los asistentes que quisieren hacerlo.
El día siguiente hábil posterior al acto de apertura, las propuestas serán puestas a disposición en el domicilio de S.E.M.T.U.R, a los fines de que todos los oferentes puedan  tomar vista de las mismas.

Artículo 16.Impugnaciones

La formulación de impugnaciones se realizará conforme al siguiente procedimiento:
Los oferentes tendrán derecho a tomar vista de lo actuado durante el día siguiente hábil al de la apertura de la licitación, concurriendo para tal fin a S.E.M.T.U.R., pudiendo dentro de los DOS (2) días hábiles siguientes al vencimiento del término anterior, presentar las impugnaciones que estimaran procedentes.
Las impugnaciones deberán ser presentadas por escrito adjuntando el depósito correspondiente, exponiendo en forma separada y clara las razones de hecho y derecho en que se fundan.
Los escritos serán presentados en la sede de S.E.M.T.U.R de calle Presidente Roca Nro. 1576 de Rosario, Provincia de Santa Fe, República, Argentina.
Las impugnaciones a las propuestas de terceros o al acto licitatorio no fundadas o aquellas insignificantes o carentes de fundamentación que a juicio de S.E.M.T.U.R hayan tenido el propósito de entorpecer el trámite de adjudicación, harán pasible a quien las haya formulado de la pérdida de su garantía de oferta.

Artículo 17.Evaluación y selección de las ofertas

Las Ofertas serán analizadas por S.E.M.T.U.R quien podrá designar una Comisión Evaluadora al efecto.
La S.E.M.T.U.R  o la Comisión Evaluadora emitirán informe sobre la Evaluación y Selección de las ofertas, mediante los siguientes procedimientos:
1) Evaluar las ofertas presentadas
2) Solicitar aclaraciones, documentación o informes a los oferentes sobre cualquier aspecto de los datos presentados.
3) Recabar informes a organismos, instituciones, o cualquier otro tipo de entidad respecto a la actuación, actividades, y cualquier otro dato aportado por los oferentes.
4) Dictaminar sobre las impugnaciones.
5) Elaborar el orden de mérito resultante
Se emitirá un informe fundado evaluando las condiciones de cada oferente, las características técnicas de las ofertas presentadas y todo otro elemento que resulte determinante para su consideración o desestimación.
El oferente responde por la seriedad de la oferta, la fidelidad de los datos y referencias consignadas en la misma y la autenticidad de la documentación acompañada.
En el caso que faltare algún comprobante o certificado de la documentación exigida se hace reserva de la facultad de  brindar plazo para completar dicha documentación. El incumplimiento en completar satisfactoriamente la documentación exigida, será causa de rechazo de la oferta.
Se  podrá requerir por escrito a los proponentes aclaraciones de su oferta, debiendo éstos responder de igual manera en el plazo que en cada caso se establezca; la falta de respuesta en término producirá la exclusión de pleno derecho del oferente.
Las aclaraciones en ningún caso implicarán una modificación de la oferta. En tal supuesto, no serán tomadas en consideración.

Artículo  18 .-Vista e inspección de unidades ofertadas.-

S.E.M.T.U.R. determinará conforme su criterio, previo a la adjudicación, la conveniencia de vista e inspección de las unidades ofertadas. A tal fin, el oferente deberá poner a disposición las unidades que respondan a las características ofertadas determinando, de conformidad con lo requerido en el Art. 13, apartado 14.1.4 , su emplazamiento y ubicación en instalaciones adecuadas para la evaluación de las mismas. En caso que el emplazamiento de las unidades se encuentre fuera del ejido urbano de la  ciudad de Rosario deberá arbitrar los medios y solventar los gastos que implique el traslado y estadía de quienes S.E.M.T.U.R. designe a esos fines desde y hasta la ciudad de Rosario .-
Artículo  19.- Reserva
S.E.M.T.U.R  se reserva el derecho de:
* Aceptar las Ofertas que considere más convenientes a sus intereses
* Rechazar total o parcialmente las ofertas.
* Declarar desierta la Licitación o dejar sin efecto la misma;
* Declarar nula la Licitación si el acto licitatorio hubiere tenido vicios.
* Adjudicar total o parcialmente los ítems detallados en el Anexo III .-
* Determinar  la prioridad de entrega  en cuanto a tipo de unidades ofertadas.-
En ningún caso, los oferentes podrán reclamar el reconocimiento de gastos incurridos en la presentación de las ofertas o cualquier tipo de pretensión de ingreso futuro derivado de las expectativas que hubiere generado la realización de la presente licitación.
          * Disponer   la vista y evaluaciòn de las unidades que  a su criterio considere conveniente.-

Artículo  20 .-Causales de desestimación de las ofertas

Serán objeto de desestimación  de las Ofertas las formuladas con condicionamientos o que se aparten de las bases de la Licitación.
No serán rechazadas las Ofertas que contengan defectos de forma que no afecten la esencia de las mismas ni impidan su comparación con las demás Ofertas.
El rechazo de las ofertas presentadas no da derecho a reclamo de ninguna naturaleza a los oferentes.

Artículo 21. Adjudicación

Sobre la base de los informes que se generen del análisis de las ofertas, la adjudicación se dispondrá mediante acto emanado del Directorio de S.E.M.T.U.R.
La adjudicación será notificada a los interesados por medio fehaciente y documentado.
La circunstancia de recibirse una sola oferta  no impide ni obliga a su adjudicación.

Artículo 22. Devolución de la Garantía de Oferta

Una vez resuelta la Licitación, se devolverá la garantía de oferta a aquellos oferentes  cuyas Ofertas no hayan sido aceptadas pero tampoco descalificadas. Las garantías de oferta deberán ser retiradas dentro del plazo máximo de tres (3) meses contados desde la resolución de la adjudicación; transcurrido dicho término se procederá a la destrucción de las pólizas.
El depósito de garantía del adjudicatario no será devuelto, hasta su reemplazo por la garantía de fiel cumplimiento de contrato.

Artículo 23. Pérdida de la Garantía de Oferta

El oferente perderá la garantía de oferta si antes de resolverse la adjudicación y dentro del plazo de mantenimiento de las ofertas, ésta fuere retirada.
En caso de incumplimiento de los términos o condiciones que fija el presente pliego por parte de los oferentes, o de retiro indebido de las Ofertas, la garantía de oferta se tomará como pago parcial y a cuenta de los daños y perjuicios definitivos que sufra S.E.M.T.U.R.

Artículo 24. Garantía de cumplimiento del contrato

Previo a la firma del Contrato y dentro de los diez  (10) días hábiles contados a partir de la fecha de la notificación de la adjudicación, el adjudicatario deberá  afianzar el cumplimiento de su compromiso con una garantía de cumplimiento del contrato.
Dicha garantía se constituirá por cualquiera de las formas previstas en el Artículo 11 del Pliego y será en pesos y por un monto equivalente al 1% (uno por ciento) del monto total  del contrato, convirtiendo la moneda del contrato a pesos según el tipo de cambio vendedor del Banco Nación de la República Argentina a la fecha de notificación de la adjudicación. Para el supuesto que la diferencia de cotización exceda el 20 %, el Adjudicatario se obliga a ampliar la garantía de cumplimiento de contrato, manteniendo de tal forma la misma en el equivalente del 1 % (uno por ciento) del monto total del contrato.

Artículo 25. Suscripción del contrato

En la oportunidad de serle requerido por S.E.M.T.U.R., el adjudicatario deberá concurrir a firmar el contrato. El requerimiento se efectuará dentro de los DIEZ (10) días a partir de la notificación. Dicho instrumento importará el compromiso de ejecución del contrato por ambas partes, sobre las bases y condiciones del presente Pliego y conforme al contenido de la oferta adjudicada.
Si el adjudicatario no se presentase dentro del plazo indicado, perderán la garantía de oferta.
S.E.M.T.U.R  podrá en caso de no concurrencia a la firma del contrato, la no presentación de las garantías requeridas y/o cualquier incumplimiento que a su criterio constituyan causal suficiente de incumplimiento del presente pliego, dejar sin efecto la adjudicación PUDIENDO ADJUDICAR al siguiente oferente en el orden de mérito correspondiente.
Al momento de la firma del contrato, el adjudicatario deberá hacer entrega de:
a)    Cinco (5) Manuales de mantenimiento
b)    Cinco (5)  Catálogos de repuestos
c)    Cinco (5) Manuales de taller completo ( despiece)
Todos en  idioma castellano o debidamente traducidos , pudiendo adicionarse soporte digital de la documentación requerida.-

Artículo 26. Documentos del Contrato

Forman parte integrante del Contrato, los siguientes documentos:
* El Pliego.
* La oferta  aceptada y la resolución de Adjudicación.
* Las aclaraciones, normas o instrucciones complementarias de los documentos de Licitación que el Contratante hubiere hecho conocer por escrito a los interesados antes de la fecha de Apertura.
* Toda la documentación que integre el Contrato la que  deberá ser firmada por el Adjudicatario y en el número de ejemplares que le exija el Contratante.
* Las instrucciones que el contratante imparta al adjudicatario.
Una vez firmado el Contrato, se entregará al adjudicatario, sin cargo alguno, una (1) copia del mismo.

Artículo 27. Tributos y sellados. Impuestos y Derechos

Una vez firmado el contrato, el adjudicatario procederá por su cuenta y cargo a sellar el mismo de conformidad con lo dispuesto en el Código Fiscal de la Provincia de Santa Fe en un plazo perentorio e improrrogable de quince días corridos a partir de la fecha de firma. En el caso de no realizarlo conforme lo establecido, el solo hecho de suscribir el contrato autoriza a S.E.M.T.U.R  a realizar los mismos, descontando del primer pago a realizar al adjudicatario el importe de los sellados y/o reposiciones con más las multas y/o recargos que la demora hubiere generado. Son asimismo a su cargo las obligaciones fiscales, tributarias y/o previsionales que graven la actividad que desarrolla, los bienes que entrega en cumplimiento del contrato y el personal que afecta a su cumplimiento, las que deberán ser cubiertas en el tiempo y forma que la legislación aplicable determine. S.E.M.T.U.R  se reserva la facultad de requerir constancias de cumplimiento cuando así lo considere  conveniente  a sus intereses.
El pago de todos los impuestos que graven lo bienes objeto de la adquisición, derechos de licencia y demás gastos que sean necesarios para la entrega de los mismos en el domicilio indicado por el Contratante, estarán a cargo del Adjudicatario.

Artículo 28. Ampliación del Contrato

S.E.M.T.U.R se reserva la facultad de aumentar o disminuir la cantidad de bienes y/o servicios  que constituyen el objeto de la presente licitación  en un más o menos 20% (veinte por ciento) del monto total del contrato. En tal caso, los importes a abonar o reducir de los pagos correspondientes al adjudicatario serán en la proporción aumentada o disminuida, en base a los valores ofertados y que sirvieron de base para la adjudicación. El ejercicio de esta facultad por parte de S.E.M.T.U.R no dará lugar a rescisión ni resolución del contrato, ni derecho a reclamo alguno por mayores costos que los ofertados.

Artículo 29. De las etapas de cumplimiento

El objeto del contrato deberá encontrarse íntegramente cumplido dentro del plazo de ocho (8) meses  contados a partir de la fecha de firma del contrato.-
La entrega de bienes deberá respetar dos etapas a saber:
Etapa 1: Abarca el plazo de  hasta cuatro (4)  meses contados a partir de la firma del contrato.  Finalizada la misma deberá haberse hecho entrega del 50 % ( cincuenta por ciento ) los bienes que componen el objeto del contrato .-
Etapa 2: Abarca el plazo de hasta cuatro ( 4) meses contados a partir de la finalización de la Etapa 1. Es decir de hasta ocho (8) meses contados a partir de la firma del contrato Finalizada la  Etapa 2  deberá haberse hecho entrega de lo a totalidad del objeto del contrato.
Las tareas de capacitación deberán iniciarse conjuntamente con la entrega de las primeras unidades  debiendo encontrarse totalmente finalizadas en un plazo que no podrá exceder los treinta (30) días posteriores a la entrega  de los bienes comprendidos en la ETAPA 1.
Los plazos  así señalados son los comprendidos entre la fecha de firma del contrato y la puesta en puerto y/o ingreso de los bienes a disposición de SEMTUR  conforme se dispone en el Art. 29.- Los mismos podrán ser prorrogados por las partes de común acuerdo.

Artículo 30. Actas de  Recepción provisoria, Ingreso y Recepción Definitiva

En el caso de bienes provenientes del exterior por vía marítima, los mismos se considerarán provisoriamente recibidos al momento de puesta en puerto de destino , debiendo el adjudicatario hacer  saber dicha circunstancia a SEMTUR acompañando la documentación pertinente.- Tal recepción no implica aceptación definitiva.-
Se considerará fecha de ingreso el momento en que los bienes objeto de la licitación se encuentran en poder de SEMTUR. Al momento se labrará un Acta en la cual constará la cantidad y tipo de bienes  recibidos.- A partir del día siguiente de la fecha de ingreso  se procederá a inspeccionar el estado de lo entregado por un plazo de SIETE (7) días. Transcurrido el plazo sin observaciones  se emitirá Acta de Recepción Definitiva.-
Los incumplimientos que S.E.M.T.U.R  detectados, falencias, fallas de fabricación y toda observación  será comunicado al adjudicatario. Desde la fecha de comunicación se suspenderá el plazo previsto en el presente artículo para la recepción definitiva de los bienes.-

Artículo 31. De los pagos. Facturación.-

S.E.M.T.U.R no entregará adelantos de ninguna naturaleza. Los pagos que deban realizarse por el cumplimiento del contrato se realizarán en la forma y oportunidad que  en el mismo se establezca, de conformidad con las modalidades de pago que contenga la oferta adjudicada. 
A los fines de la efectiva percepción de los importes, el adjudicatario deberá dar cumplimiento a los recaudos fiscales y contables que dispone la legislación aplicable.
Los pagos se realizarán  en moneda de curso legal en la República Argentina al tipo de cambio vendedor del Banco Nación de la República Argentina, al cierre del día hábil anterior a la fecha de emisión de la factura o del día hábil anterior de la fecha de entrega pactada.
De cada pago a efectuarse, S.E.M.T.U.R retendrá el equivalente al 5 % en concepto de fondo de reparo, el que se mantendrá como depósito y garantía hasta la recepción definitiva y completa del objeto de la presente Licitación.
Se facturará contra recepción definitiva de bienes y el pago se efectivizará a los veinte (20) días hábiles posteriores de conformada la factura . Podrán admitirse facturas parciales si el cronograma de entrega del equipamiento así estuviera previsto.
S.E.M.T.U.R se encuentra facultada a descontar de los pagos a realizar los importes correspondientes a las multas que se le hubieran aplicado al adjudicatario conforme lo dispone el Artículo 37 del presente pliego.

Artículo 32. Apertura de cuenta  en entidad bancaria.-

S.E.M.T.U.R podrá  exigir la apertura de una cuenta en el Banco Municipal de Rosario o entidad bancaria con sucursal en la República Argentina . Las mismas serán  utilizadas para transferir como única forma, al adjudicatario los pagos. Tal circunstancia se determinará al momento de la firma del contrato.

Artículo 33. Obligaciones del adjudicatario

En la ejecución del contrato el adjudicatario deberá ajustarse estrictamente a los términos y condiciones del mismo y a las instrucciones que se impartan por S.E.M.T.U.R obligándose a:
1) Cumplir con el plan de entrega y plazos comprometido en la oferta.
2) Cumplir con los programas de capacitación comprometidos en la oferta.
3) Contar en todo momento con un representante, con facultades suficientes para obligarlo.
4) Utilizar todos los medios técnicos comprometidos, pudiendo incorporar previa autorización de S.E.M.T.U.R. los recursos, sistemas y métodos que aconsejen.
5) Informar inmediatamente de conocido cualquier hecho o circunstancias que pudiera incidir en la normal ejecución del contrato y producir los informes que S.E.M.T.U.R. le requiera en el plazo que el mismo determine.

Artículo 34. Intercambio de comunicaciones

Las comunicaciones se cursarán entre S.E.M.T.U.R. y el Adjudicatario; las mismas podrán consistir en notas, órdenes o informes, las que serán archivadas en forma correlativa y foliadas, entregándose debida copia a los adjudicatarios. Las partes podrán, al momento de suscribir el contrato, otorgar validez a las comunicaciones que se cursen por medios informáticos fijando los correos donde serán válidas las mismas y disponiendo el modo de archivo y resguardo de las mismas.-

Artículo 35. Garantía de los bienes

El Adjudicatario garantizará por el término de Treinta y seis (36) meses contados a partir de la fecha de su recepción definitiva :
1.- Que todos los bienes suministrados en virtud del contrato son nuevos .
2.- Que todos los bienes suministrados en virtud del contrato se encuentran libres de defectos en el diseño, los materiales o la fabricación.
3.- El perfecto funcionamiento de los bienes en condiciones de uso normal y habitual.
El S.E.M.T.U.R  notificará de inmediato y por escrito al Adjudicatario cualquier reclamo a que hubiera lugar con arreglo a la garantía y el Adjudicatario reparará o reemplazará los bienes defectuosos en todo o en parte, sin costo para el S.E.M.T.U.R 

Artículo 36. Patentes y permisos

Si en la ejecución del contrato el adjudicatario adoptara sistemas o procedimiento patentados, deberá presentar anticipadamente a S.E.M.T.U.R los permisos que le autoricen a emplear dichos sistemas o procedimientos. Los derechos para su empleo en los trabajos de artículos y dispositivos patentados, se considerarán incluidos en los precios del contrato. El Adjudicatario será el único responsable de los reclamos o juicios que pudieran promoverse  por uso indebido y/o sin autorización. Si el uso de un elemento de cualquier naturaleza le fuera prohibido, deberá de inmediato reemplazarlo por otro de igual eficacia y calidad. Si S.E.M.T.U.R. lo considera conveniente, podrá exigir el mantenimiento del elemento patentado y será obligación del adjudicatario hacerse cargo de las gestiones y gastos que correspondan para su empleo. En caso de incumplimiento de estas disposiciones por parte del adjudicatario, S.E.M.T.U.R se reserva el derecho de realizar las gestiones y gastos necesarios con cargo al fondo de reparo y a la garantía de cumplimiento de contrato y si excediera su monto, se descontará de los pagos posteriores.

Artículo  37. Entrega y recepción de los bienes

Los bienes deberán ser entregados en la ciudad de Rosario en la dirección que indique S.E.M.T.U.R. la que será precisada al momento de firma del contrato.-
Se deberá presentar en original y 3 copias de la factura con la descripción de los bienes, indicando cantidad y monto total.

Artículo 38. Sanciones  por incumplimientos

La mora en el cumplimiento de las obligaciones asumidas por el  adjudicatario se producirá de pleno derecho y por el mero vencimiento de los plazos establecidos. Los incumplimientos que obedezcan a deficiencias en calidad, cantidad, o cualquiera de las circunstancias establecidas en el pliego y la oferta, se tendrán por consumados si el adjudicatario no cumpliere en tiempo y forma con las intimaciones que al respecto se le cursen.
El Contratista será responsable de comunicar, por escrito, todas las causas de fuerza mayor, cualquiera fuere su origen, que impidan o afecten el desarrollo de la entrega.
Los incumplimientos referidos serán pasibles de aplicación de multa conforme se detallan en el presente Artículo:
1) Por las deficiencias en los bienes entregados que no fueran reemplazados en las condiciones y tiempo determinado por S.E.M.T.U.R. se aplicará una multa única del  equivalente al 10 % del valor del bien objeto de deficiencias. Esta penalidad se incrementará a un 15 % en caso de reiteración del incumplimiento.-
2) Por  demora en la entrega de bienes y/o incumplimiento de los plazos acordados, se aplicará una multa del 1% sobre el monto a facturar por cada día de demora imputable al adjudicatario. 
Las multas se harán efectivas descontando su importe del monto de la factura correspondiente.
La aplicación de una multa, no libera al adjudicatario  de realizar la entrega en la forma pactada y de regularizar el cumplimiento de sus obligaciones de acuerdo a las condiciones establecidas en este pliego.
Cuando la totalidad de las penalidades aplicadas al contratista asciendan a un 30%  (treinta por ciento ) de la totalidad del contrato, S.E.M.T.U.R se reserva la facultad de resolver el mismo por causa imputable al contratista.

Artículo 39. Prohibición de la transferencia del contrato

El contrato no podrá ser cedido o transferido por el/los contratistas a terceros, sin el consentimiento expreso de S.E.M.T.U.R  

Artículo 40. Causas de extinción  del contrato

El contrato quedará extinguido por:
a) Por cumplimiento de su objeto.
b) Mutuo Acuerdo.
c) Quiebra, liquidación sin quiebra y concurso de contratista.
d) Resolución  por incumplimiento de parte del contratista.

Artículo 41. Rescisión del contrato

Cumplido el objeto del contrato se tendrá por concluido para las partes sin necesidad de acto que así lo declare. Durante su vigencia podrá ser resuelto por cualquiera de las partes mediante notificación fehaciente debidamente cursada  con una antelación  no menor a 30 
( treinta )  dias . El adjudicatario, carecerá de derecho alguno para reclamar indemnización por ningún concepto, salvo el pago de los bienes entregados y recepcionados hasta las 00.00 horas del día en que fue dispuesta la resolución del contrato.

Artículo 42. Resolución del Contrato

S.E.M.T.U.R. podrá disponer la RESOLUCIÓN DEL CONTRATO con pérdida de la garantía de cumplimiento cuando mediare alguna de las siguientes causas:
a) Cuando el adjudicatario sea culpable de fraude, negligencia grave o contravenga las obligaciones y condiciones estipuladas en el presente Pliego y en el Contrato.
b) Por transferencia o cesión parcial del contrato sin consentimiento de S.E.M.T.U.R.  o cesión del capital social que afecte la conformación del adjudicatario.
c) Por Quiebra del adjudicatario. 
d) Por falseamiento de informaciones, datos o antecedentes proporcionados a S.E.M.T.U.R., adulteración de registración y toda otra actitud que tenga por efecto viciar de error una decisión o proporcionar al contratista  beneficios económicos indebidos.
f) Cuando se comprobare el reiterado incumplimiento de las disposiciones del Pliego y/o el contrato. 
g) Cuando la mora en la provisión supera los plazos establecidos en el contrato y/o el presente pliego.
h) Cuando el adjudicatario resulte multado por un importe superior al equivalente del 20 % del total del contrato.
i) Cuando el adjudicatario abandone o interrumpa el cumplimiento del contrato sin causa justificada.
Cuando la causa que determine la extinción anticipada de la contratación sea imputable al adjudicatario, la misma tendrá efecto desde las 00.00 horas del día que S.E.M.T.U.R  notifique fehacientemente tal determinación y en este caso hará perder al mismo el depósito de Garantía de cumplimiento del contrato, en su totalidad cualquiera sea el tiempo contractual cumplido.
La resolución del contrato no otorgará al adjudicatario derecho a reclamar por indemnización de ninguna especie.

Artículo 43. Potestad de Control

Las facultades de fiscalización, supervisión y auditoria durante la ejecución del contrato estarán a cargo de un representante de S.E.M.T.U.R.  quien  será designado en oportunidad de la firma del contrato respectivo.-

Artículo 44. Devolución del Fondo de Reparo

El fondo de reparo constituido de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 30 del Pliego será devuelto una vez finalizado el contrato y previa deducción de las sanciones impuestas a la adjudicataria si correspondiera.-









Anexo I   Especificaciones Técnicas

Vehículos trolebuses simples o articulados.
Ambos tipo de unidades deberán cumplir con los requerimientos técnicos que  se establecen en el presente Anexo.-

1)   DETALLE DEL OBJETO

El Objeto de la Licitación es la compra de doce (12) vehículos trolebuses 0 Km , herramientas e instrumental, los repuestos y la capacitación,  así como los demás elementos que se detallan,  todo lo que deberán reunir las condiciones técnicas y demás consideraciones obrantes en el presente.- Deberá ajustarse a las normas vigentes  en la materia en la Ciudad de Rosario, Ley Nacional de Transito Nº 24.449, y de  conformidad con las normas de emisiones EURO 4 o superior.  

2)   DETALLES TÉCNICOS

En todos los casos, el oferente deberá acompañar a su propuesta una descripción técnica exhaustiva de las unidades ofrecidas, debiendo  contener la información que en este Anexo  se requiere.-
L a expresión de unidades de medida, será siempre mediante el Sistema Métrico Decimal.

2.A.- GENERALIDADES DE LAS UNIDADES

Todas las ofertas  deberán tener en cuenta que nuestro sistema de línea de contacto se encuentra alimentado con una tensión de 600V con ± 20 % (veinte por ciento) en corriente continua y los conductores de línea poseen secciones de 85 mm2 y otras de 100 mm2.  El sistema de catenarias es el denominado “Kummler & Matter” de suspensión elástica pendular; aunque en algunos sectores puede encontrarse secciones de catenarias rígidas tipo “Westinghouse”. Esto deberá tenerse en cuenta a los efectos de la provisión de los elementos de captación de corriente adecuados.  En este contexto  las ofertas deberán precisar los siguientes datos:
ü    Marca:
ü    Modelo:
ü    Origen:
ü    Año de fabricación:
ü    Largo total:
ü    Ancho:
ü    Alto:
ü    Capacidad de pasajeros totales:
ü    Capacidad de pasajeros sentados:
ü    Número de puertas:
ü    Tensión de alimentación nominal:
ü    Tensión de alimentación mínima:
ü    Tensión de alimentación máxima:
ü    Tipo de motor de tracción:
ü    Potencia de motor de tracción:
ü    Sistema de variación de velocidad del motor de tracción:
ü    Peso vacío:
ü    Peso cargado:
ü    Sistema de suspensión:
ü    Tipo de dirección:
ü    Sistema de frenos: (detallar todos los sistemas)
ü    Neumáticos (cantidad y medidas):
ü    Radio de giro:
ü    Sistema de recuperación de lanzas:
ü    Altura de piso de salón (desde el nivel de pavimento)
ü    Año de fabricación de la unidad
ü    Año de fabricación del motor de tracción:
ü    Año de fabricación del circuito de control del motor de tracción:
ü    Otros.

2.B.- TIPOS DE VEHICULOS  REQUERIDOS

La oferta deberá contener dos (2)  tipos de unidades, para las cuales el nivel de ruido no podrá exceder los 74 dB en el interior del vehículo.

TIPO 1)  VEHÍCULOS SIMPLES CON LONGITUD NO MAYOR A  12 METROS
I- Con autonomía de no más de 1  km, con velocidad de desplazamiento mayor a 15 km/h.
II.- Con autonomía proporcionada por grupo generador (híbrido), con capacidad de desarrollar velocidad comercial, máxima de 60 km/h, y capacidad de tanque de combustible para recorrer 200 km diarios.
III-Con autonomía con capacidad de desarrollar velocidad comercial, máxima de 60 km/h., capacidad para recorrer 200 km diarios. Deberá estar diseñado para poder alternar su uso entre autónomo a baterías recorriendo hasta 20 km y luego como vehículo conectado a la catenaria, donde se deberán cargar las baterías para volver a recorrer 20 km nuevamente.

TIPO 2) VEHÍCULOS ARTICULADOS CON UN FUELLE DE HASTA 18 METROS DE LONGITUD.
I. Con autonomía de no más de 1 km, con velocidad de desplazamiento mayor a 15 km/h.
II. Con autonomía proporcionada por grupo generador (híbrido), con capacidad de desarrollar velocidad comercial, máxima de 60 km/h, y capacidad de tanque de combustible para recorrer 200 km diarios.
III. Con autonomía y capacidad de desarrollar velocidad comercial, máxima de 60 km/h., capacidad para recorrer 200 km diarios. Deberá estar diseñado para poder alternar su uso entre autónomo a baterías recorriendo hasta 20 km y luego como vehículo conectado a la catenaria, donde se deberán cargar las baterías para volver a recorrer 20 km nuevamente.

2.C.- REQUERIMIENTOS ESPECÍFICOS

2.C.1.  MOTOR DE TRACCIÓN. Motor de Corriente Alterna. Potencia de acuerdo al diseño.- Se dará preferencia aquellas ofertas que posean unidades potenciadas con motores de última generación.  La potencia del equipo de tracción deberá permitir una velocidad máxima de 60 (sesenta) kilómetros por hora.
2.C.2.  BATERÍAS INTERNAS. Deberán ser preferentemente de Níquel Cadmio (Ni-Cd) de acuerdo a las necesidades de las unidades u otra que lo supere para alimentación interna del coche, con cargador de estado sólido controlado.
2.C.3.  CIRCUITO DE POTENCIA DE TRACCIÓN. Por comando electrónico de tracción por chopper a IGBT.
2.C.4.  MANDO DE SENTIDO DE MARCHA. Deberá contar con cambio de sentido de marcha (retroceso).
2.C.5.  CLIMATIZACIÓN. El trolebús deberá contar con equipos para acondicionamiento de aire frío-calor. Las temperaturas extremas en verano pueden alcanzar los 42º centígrados, mientras que para el invierno las temperaturas mínimas descienden hasta -5º centígrados.  El equipo debe climatizar tanto el sector de conducción como el salón de pasajeros.
El oferente deberá tener en cuenta que los equipos necesitarán estar preparados para la apertura de puertas cada 200 ó 300 metros, por lo cual las exigencias de funcionamiento serán importantes.
2.C.6.  ALUMBRADO INTERIOR DEL SALÓN DE PASAJEROS. Deberá contar con iluminación con led y distribuidos en el salón; asegurando una intensidad de iluminación no menor a 85 lux.
2.C.7.  TABLERO DE RUTA. El tablero de ruta deberá ser de diodos electro luminiscente multicolor, programable con distintas tipografías de letras.
2.C.8.  DIRECCIÓN. Hidráulica o Mecanismo servo asistido hidráulicamente con bomba hidráulica.
2.C.9.  PEDALES DE COMANDO.  Los pedales de marcha (aceleración) y de freno, deberán ubicarse a la derecha de la columna de dirección, para ser accionados con el pie derecho del conductor exclusivamente. El pedal de freno estará ubicado entre la columna de dirección y el pedal de marcha.
2.C.10.  FRENOS. Como mínimo deberá contener los siguientes (o alternativas que los sustituyan en cada caso)
·    DE SERVICIO: ABS y ASR, accionado neumáticamente, con doble circuito accionando separadamente los mecanismos de ruedas delanteras y traseras.
·    DE ESTACIONAMIENTO: con accionamiento neumático actuante en los ejes traseros, u otro que lo supere.-
·    FRENO ELÉCTRICO: Regenerativo, devolviendo energía a la catenaria.
2.C.11.  PRODUCCIÓN DE AIRE COMPRIMIDO. Deberá contar con los compresores necesarios para su funcionamiento.
2.C.12.  GRUPO PARA AUTONOMÍA. Deberá estar debidamente descripto y detallado  disponiendo de un enclavamiento que no permita el uso superpuesto  al propio funcionamiento del trolebús. se especificarán las horas de funcionamiento o kilómetros a recorrer en forma autónoma.
Niveles de ruido sonoro inferiores a 74 dB, niveles de contaminantes inferiores en 60% a EURO III..
2.C.13.  EJE TRASERO. Tipo portal, con diferencial ubicado a la izquierda del eje, en el sentido de marcha del trolebús, de manera de que el piso del pasillo del salón de pasajeros, sea plano, sin declives pronunciados ni escalones.
2.C.14.  SUSPENSIÓN TRASERA. Simple, tipo neumática o combinada, neumática con ballestas semielípticas o neumática con muelles helicoidales y amortiguadores telescópicos de doble efecto.
2.C.15.  EJE DELANTERO. Tipo portal, con barra estabilizadora.
2.C.16.  SUSPENSIÓN DELANTERA. Simple, tipo neumática o combinada, neumática con ballestas semielípticas o neumática con muelles helicoidales y  amortiguadores telescópicos de doble efecto. El sistema de suspensión neumática deberá mantener en forma automática el nivel horizontal de piso de salón de pasajeros sobre el camino.
2.C.17.  RECUPERADOR DE LANZAS DE TROLEBUS. Deberá ser automático de tipo neumático, o electro neumático y de accionamiento manual para su reposición a la  línea de contacto, con sensor de disparo, u otro que lo supere.  Asimismo, el mecanismo de elevación y de repliegue de troles, deberá ser de accionamiento neumático, de calidad reconocida y desde el puesto del conductor.
2.C.18.  PUERTAS. A la derecha del coche considerando el sentido de marcha con una rampa o plataforma para personas con movilidad reducida. Todas las puertas deberán ser rebatibles, mediante accionamiento de pantógrafo de marca reconocida. Cantidad 2  ó  3 puertas. Se colocarán espejos de visión gran angular en los parantes de las puertas de descenso, que deberán ser vistos por el conductor. Por esta razón, las puertas  para descenso  deberán contar con un dispositivo sonoro (timbre o campanilla), que permita la audición en el sector del conductor. El pulsador de esta señal deberá estar instalado en uno de los parantes verticales que flanquean cada una de las mencionadas puertas, a una altura del piso no mayor a 1,30 metros.
Asimismo, deberá instalarse un circuito cerrado de video, con una cámara con óptica gran angular, ubicada en la parte superior de cada puerta/ s de descenso. Estas cámaras se accionarán automáticamente cuando las puertas estén abiertas y entregarán imágenes a sendos monitores de cristal líquido ubicados en el tablero de comandos y una cámara de video en la parte trasera del vehículo a modo de seguridad en la marcha en retroceso, que será vista en el monitor del panel junto a las de las puertas. 
Además se instalarán dos (2) cámaras de video para observar el interior del coche (salón), y otra en el sentido de marcha del vehículo hacia el frente. Deberá prever el almacenamiento  de las grabaciones de todas las cámaras durante un plazo  de 7 días como mínimo, en disco rígido montado en el vehículo, con posibilidad de  descargar información por puerto USB.
2.C.19.  ASIENTOS. En cantidad no menor a 35 (o 50 en articulados), deberán ser de polipropileno, con almohadones y respaldos tapizados en tela plástica símil cuero.
Dimensiones de asientos simples:
Altura: 46 cm +/- 5cm
Ancho: 45 cm +/- 5cm
Largo: 48 cm +/- 5cm
Altura del respaldo: 55 cm  +/- 5cm
Dimensiones de asientos dobles:
Altura: 46 cm +/- 5cm
Ancho: 90 cm +/- 5cm
Largo: 48 cm +/- 5cm
Altura del respaldo: 55 cm +/- 5cm
Estas medidas son solo de referencia.  Los soportes de los asientos deberán estar diseñados para soportar pesos de hasta 170 kilogramos (en asientos dobles), y otras importantes demandas mecánicas.-
Las unidades  deberán cumplir con las disposiciones contenidas en el Manual de Imagen aprobado por Decreto 3115 o el vigente al momento de la provisión, el que será puesto a disposición del adjudicatario al momento de la firma del contrato
2.C.20.  PARANTES Y PASAMANOS. Deberán ser de metal  con protección dieléctrica superficial en material vinílico de color naranja. Deberá tener tres líneas de pasamanos, una central y dos laterales a lo largo del pasillo del salón de pasajeros.
2.C.21.  VENTANILLAS. Deberán contar con vidrios templados totalizados que permitan una transparencia del 80%. Todas las ventanillas deberán poseer dos paneles deslizables horizontalmente, permitiendo una apertura suave con esfuerzo menor del orden de 20 Nw y a no menos del 35% de la dimensión total de la ventanilla en el mismo sentido, y nunca serán menores a 0,30 metros.  En caso de existir una parte fija vidriada en el sector inferior de la ventanilla, la división metálica que separa dicho sector al de la parte móvil, nunca deberá estar ubicado a la altura de la línea de la visión de los pasajeros sentados.
2.C.22.  SECTOR DE CONDUCCIÓN. Debe contar con un tabique divisorio que separe parcialmente al conductor del salón de pasajeros, pero que permita el rápido acceso a éste.  Respecto al “asiento del conductor”, el mismo deberá tener las siguientes características: esterillado, con apoya cabezas; con base de amortiguación regulable en altura; con movimientos hacia delante, y hacia atrás y con regulación de respaldo, con cinturón de seguridad inercial. Se deberá acompañar con la propuesta, folletería y documentación técnica del asiento de conductor.
2.C.23.  INSTRUMENTAL. Con los elementos necesarios para el monitoreo y autodiagnóstico de los sistemas, debiéndose informar conjuntamente con la oferta el instrumental con que contará la unidad.
2.C.24.  SISTEMA ELÉCTRICO DE ILUMINACIÓN. Deberá poseer luces reglamentarias de acuerdo con las disposiciones vigentes de la Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449.
2.C.25.  RAMPA PARA ACCESO PARA DISCAPACITADOS. Las unidades deberán estar provistas con  rampas para acceso  de accionamiento eléctrico ó neumático desde el puesto de conducción.
2.C.26.  PISO BAJO. No deberán existir escalones ni declives pronunciados en ningún sector de los accesos ni del pasillo central del coche, por lo que el eje tractivo deberá tener el núcleo diferencial ubicado sobre uno de sus costados.
2.C.27.  TERMINACIÓN INTERIOR. El oferente deberá proponer el diseño interior, especificando materiales a utilizar, durabilidad, etc., quedando a criterio de la Licitante la definición de detalles finales. El color del revestimiento interior deberá ser en color crema ó marfil.
2.C.28.  ACCESORIOS. Deberá estar equipado con dispositivo de enganche y remolque (barra de tiro) delantero y trasero, cricket hidráulico, llave de rueda y extintor de incendio tipo BC CO2 de 5 Kg.
2.C.29.  CARGADOR DE BATERÍAS. En el caso de vehículos con autonomía por baterías recargables, se deberán proveer en cantidad necesaria, los equipos para carga de las baterías recargables a montarse en el lugar de guarda de los vehículos. El tipo de cargador deberá permitir la recarga de cada banco de baterías del vehículo en un máximo de 6 hs, quedando listo para su funcionamiento según descripción de lo ofertado. El diseño del cargador será de última generación de componentes electrónicos, cuya entrada primaria será apta para corriente alterna trifásica de 380 Vca – 50 Hz, disponibles en el lugar de guarda de los vehículos
2.C.30.  PINTURA Y TERMINACIÓN EXTERIOR. SEMTUR entregará a quien resulte adjudicatario las especificaciones pertinentes en lo que respecta a diseño, pintura y color que deberán respetar las unidades. La pintura exterior deberá realizarse en pintura poliuretánica. Se proveerá muestras y fotografías para su réplica.
2.C.31.  PANELES INTERIORES. Se deberá dejar un espacio libre detrás del compartimiento del conductor, dentro del salón, a efectos de montar equipamientos y paneles informativos a proveer por SEMTUR.

2.D.- HERRAMIENTAS E INSTRUMENTALES

El oferente deberá proveer:
a) Instrumental y herramientas especiales necesarias para la reparación y el diagnóstico de fallas, con su descripción.  
b) Manuales de mantenimiento y despiece correspondientes en idioma español.
c) Planos y manuales de las unidades impresos en papel, así como también contenidos en soporte informático digital.
d) El software necesario para la programación o reprogramación de los sistemas informáticos, como así también los instrumentos y/o equipos necesarios para su programación. Este software como sus instrumentos y/o equipos en una cantidad mínima de TRES (3) UNIDADES con las licencias de uso en propiedad o de forma ilimitada en su duración, a nombre de la empresa SEMTUR.
e) Sistemas informáticos de registro de datos, tales como: tiempo y distancias recorridos, velocidades instantáneas y medias, temperaturas en distintos puntos, corrientes y tensiones instantáneas, monitoreo de motor de tracción, servicios auxiliares, chasis, diagnóstico de fallas e identificación de la unidad y software para recuperar la información.  La capacidad de almacenamiento del sistema informático de registro de datos deberá ser como mínimo para 7 días de prestación de servicio.

2.E.- PROVISIÓN DE REPUESTOS

2.E.A.- Los oferentes deberán acompañar un listado de repuestos con sus correspondiente cotización.-

Al momento de la firma del contrato, Semtur  determinará los repuestos  que deberá entregar el adjudicatario .-El valor de la totalidad de los repuestos deberá ser por el importe  equivalente a un CINCO por ciento (5%) del valor  total cotizado para cada unidad .- Este importe deberá estar incluído en la oferta económica .-  
2.E.B.-El adjudicatario deberá hacer entrega  conjuntamente con cada unidad de dos asientos dobles y dos simples por cada trolebús.
2.E.C.- Con cada unidad se deberá hacer entrega de dos  (2) neumáticos de repuesto armados completos, con indicación de su tipo, dimensiones y demás características.
Lo requerido no generará derecho a compensación económica alguna a favor del adjudicatario, entendiéndose que  se encuentra comprendido dentro del precio cotizado y aceptado.-

3)   DOCUMENTACIÓN 

Quien resulte adjudicatario deberá hacer entrega a SEMTUR de toda la documentación que resulte pertinente tanto de las Unidades, Herramientas, Instrumental y/o repuestos- Esta documentación podrá  consistir en manuales, folletos técnicos, instrucciones  y material de respaldo tanto en soporte papel y en idioma castellano y en soporte  informático digital.

4)   GARANTÍAS    

Las eventuales fallas que puedan presentarse en las unidades provistas , partes, componentes , accesorios y/o instrumental deberán ser atendidas dentro de las 48 horas posteriores de su notificación fehaciente al adjudicatario bajo apercibimiento de aplicar las sanciones previstas en el Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares. .-

4.1.   De las Unidades
Todos los bienes cotizados, deberán estar amparados por una garantía técnica mínima de 36 meses, sin contar los períodos de reparaciones, debiendo el oferente indicar, la garantía técnica ofrecida por el fabricante extensiva a todos los elementos del equipo.
* Libre defecto
El oferente que resulte adjudicatario garantizará que las unidades estarán libres de defectos atribuibles al diseño, a los materiales, o a cualquier acto u omisión de su parte, y que pudieran manifestarse en ocasión del uso normal de las unidades y que cumplirá  con la finalidad a la cual se destinarán las unidades.
* Vida útil
El oferente deberá garantizar en forma escrita, que los trolebuses ofrecidos tendrán una vida útil de funcionamiento de quince (15) años como mínimo, sin necesidad de practicar reparaciones mayores dentro de dicho período.
4.2.- Garantía de provisión de repuestos y autopartes
EL  oferente deberá declarar en el momento de la oferta  que se encuentra en condiciones de proveer   durante el período de garantía establecido en el artículo anterior mas tres años, es decir por un plazo de seis años ,  la totalidad de los repuestos eléctricos, mecánicos, electrónicos que pudiera requerirse para el correcto mantenimiento de las unidades; aún cuando el modelo de trolebuses adquirido hubiera sido discontinuado en su producción, o su tecnología hubiese sido superada.
5) Servicio  Técnico
Deberá indicar el oferente el tipo de servicio de mantenimiento que se le brindará a las unidades durante el período de garantía técnica, debiendo indicar en función de las horas y/o kilometraje, los repuestos sin cargo a utilizar, como así también, otros detalles que ilustren acabadamente dichos servicios; además  quién realizará los servicios de mantenimiento.
Deberá indicar el tipo de servicio de mantenimiento que se le brindará a las unidades durante el período de garantía técnica, debiendo indicar en función de las horas y/o kilometraje, los repuestos sin cargo a utilizar, como así también, otros detalles que ilustren acabadamente dichos servicios; además  quién realizará los servicios de mantenimiento

 En caso de resultar adjudicatario,  deberá  de  dos técnicos especializados de su Empresa por un período de CUATRO MESES  ( 4)   en los lugares que determine  SEMTUR para asesorar y entrenar en el mantenimiento de las unidades, en idioma castellano. Los gastos, honorarios y demás erogaciones   por traslados,  habitación, refrigerios,  viáticos, movilidad, etc. que corresponda abonar a los técnicos  referidos, serán soportados exclusivamente por el adjudicatario.-
El oferente deberá presentar un programa de capacitación y entrenamiento del personal electromecánico y electrónico de la empresa SEMTUR, que incluya el mantenimiento preventivo y correctivo de los distintos componentes de las unidades ofrecidas. A estos efectos, el oferente deberá prever para la capacitación y entrenamiento electromecánico de un cupo de  hasta 10 ( diez)  agentes, y para la capacitación y entrenamiento de personal de conducción  de hasta 12 ( doce ) agentes, debiéndose realizar en la ciudad de Rosario en los talleres y líneas de la empresa SEMTUR . Además, deberá especificar la  cantidad de horas de capacitación y entrenamiento que para el primer caso no podrá ser  inferior a 150 horas y para el segundo caso no podrá ser menor a 120 horas. Estos programas de capacitación deberán ser dictados en idioma castellano. La capacitación podrá iniciarse antes de la entrega de las unidades.











Anexo II   Formularios y demás recaudos


Modelo de Declaración Jurada (Artículo 10 PGC)                                           
Modelo de Presentación de Recaudos (Artículo 12.5 del PCP)                          
Ficha de antecedentes técnicos                                                                  
Planilla de cotización                                                                                

























1)   MODELO DE DECLARACIÓN JURADA

Quien suscribe (1)…….., en mi carácter de (2) …………., de (3)……………..  suscribo  la presente  declarando  que:
a) Mi representada no se encuentra inhabilitada por condena judicial.
b) Mi representada ni ninguno de sus  miembros directivos  pertenecen  a S.E.M.T.U.R ,  la Municipalidad de Rosario o sus entes descentralizados, tanto en forma permanente como transitoria, contratada, por honorarios y retribución  a terceros, personal de gabinete, autoridades,  que se hayan desempeñado en tales cargos  durante los dos últimos años previos al llamado a esta licitación.
c) Mi representada no se encuentra incursa en concurso preventivo ni ha sido objeto de declaración de quiebra.
d) Mi representada no se encuentra suspendida ni inhabilitada en el Registro de Proveedores y  Contratistas de la Municipalidad de Rosario.
e) Mi representada no ha sido condenada por cobro de  tasas, impuestos o contribuciones de la Municipalidad de Rosario  pendientes de cumplimiento.
f) Mi representada no ha sido objeto de sanciones que impliquen la caducidad de concesiones o permisos en el ámbito nacional, provincial o municipal en los 10 años precedentes al llamado a esta licitación.
g) Mi representada ni  no tiene  deudas exigibles con la Municipalidad de Rosario, el Banco Municipal de Rosario, o cualquier ente descentralizado municipal.

 

La presente reviste el carácter de Declaración Jurada.
Sin otro particular, saluda a Ud. muy atentamente.

 

 







(1) datos del firmante. (2) carácter en que suscribe la Declaraciòn (apoderado, representante legal, Presidente del Directorio etc.) (3)  Identificación de la oferente.

 

2)   MODELO DE PRESENTACIÓN DE RECAUDOS


Quien suscribe (1)…….., en mi carácter de (2) …………., de (3)……………..  suscribo  la presente  declarando  que:
a) Aceptamos  el  sometimiento a la jurisdicción de los tribunales en ordinarios de  ciudad de Rosario y renunciamos  a todo otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder, para entender en toda cuestión que se suscite con motivo de esta Licitación.
b)  Mi representada no se encuentra inhibida para contratar con el estado nacional, provincial o municipal.
c)  Adjuntamos constancia  emitida por el Registro de Procesos Universales de no encontrarse incurso en Concurso ni Quiebra.
d) Autorizamos expresamente a S.E.M.T.U.R   para recabar informes de entidades oficiales o privadas de cualquier tipo, tendientes a la verificación de los datos y antecedentes consignados en la oferta.
e) Garantizamos  la veracidad y exactitud de sus manifestaciones, fidelidad de los datos y demás referencias consignadas en la OFERTA y la autenticidad de la documentación acompañada.
f) No nos encontramos incursos en ninguna de las circunstancias previstas en el art. 9 del Pliego .

La presente reviste carácter de Declaración Jurada.
Sin otro particular, saluda a Ud. muy atentamente.




(1) datos del firmante. (2) carácter en que suscribe la Declaración (apoderado, representante legal, Presidente del Directorio etc.) (3)  Identificación de la oferente.


3) FICHA DE ANTECEDENTES


Empresa:.......................................................................................... 
%Participación UTE:.......................................................................................................
Ciudad: ................................................
N° aprox. de habitantes (s/último censo): ....................................... .........................................................................................................
Fecha Inicio Contrato:......................................................................
Plazo de Contrato: ..........................................................................
Estado actual del contrato:…………………………………………….
Certificación de no existir reclamo alguno de parte de ente concedente
 …..si  …..no
Inversión ejecutada:…………………………………………………….
Descripción de la solución:
Mejora fuera de oferta ejecutada a lo largo del contrato:
Sanciones que tuvo por faltas graves:

Todos los ítems deben poseer respuesta obligatoria.
















4)   Planilla de cotizaciòn



Rosario, --------------------------------------

Sr. Presidente del Directorio.
Sociedad del Estado Municipal para el Transporte Urbano de Rosario - SEMTUR


De nuestra mayor consideración:
                               La/s Empresa/s        ------------- representada/s por el/los que suscriben, ----- con domicilio en calle          Nro. …. de la ciudad de --------provincia/estado de ------------  (país) después de estudiar detenidamente todos y cada uno de los documentos integrantes del Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública Nacional e Internacional N° 01/2014, emitida por Uds., para la adquisición de 12 Trolebuses; y no quedando duda alguna acerca de la interpretación de los referidos documentos y demás antecedentes, se compromete/n a proveer y ejecutar las tareas que se compulsan en un todo de acuerdo a las condiciones descriptas en el pliego y sus anexos.

 Al momento de ofertar se han  incluido   en la cotización: 
  • El valor  de los bienes a proveer, los repuestos  y servicios a prestar .-
  • Todos los impuestos, tasas y gravámenes seguros internacionales y  locales, derechos de importación, fletes internacionales y locales , si correspondiera, gastos, costos y costas que se encuentren vinculados a  cualquiera de las acciones comprendidas hasta la entrega  de la provisión conforme Pliego.
  • La totalidad de las estipulaciones que, conforme pliego, se encuentran a cargo de quien resulte  adjudicatario.-

-  Trolebús tipo 1 - I de acuerdo a especificaciones del ANEXO I del Pliego de licitación:
Precio Unitario:............ …………………  
Precio por 3 unidades:……..................
Precio por 6 unidades:……..................
Precio por 9 unidades:……..................
Precio por 12 unidades:……................

-  Trolebús tipo 1 - II de acuerdo a especificaciones del ANEXO I del Pliego de licitación:
Precio Unitario:............ …………………
Precio por 3 unidades:……..................
Precio por 6 unidades:……..................
Precio por 9 unidades:……..................
Precio por 12 unidades:……................

-  Trolebús tipo 1 - III de acuerdo a especificaciones del ANEXO I del Pliego de licitación:
Precio Unitario:............ …………………
Precio por 3 unidades:……..................
Precio por 6 unidades:……..................
Precio por 9 unidades:……..................
Precio por 12 unidades:……................

-  Trolebús tipo 2 - I de acuerdo a especificaciones del ANEXO I del Pliego de licitación:
Precio Unitario:............ …………………
Precio por 3 unidades:……..................
Precio por 6 unidades:……..................
Precio por 9 unidades:……..................
Precio por 12 unidades:……................

-  Trolebús tipo 2 - II de acuerdo a especificaciones del ANEXO I del Pliego de licitación:
Precio Unitario:............ …………………
Precio por 3 unidades:……..................
Precio por 6 unidades:……..................
Precio por 9 unidades:……..................
Precio por 12 unidades:……................

-  Trolebús tipo 2 - III de acuerdo a especificaciones del ANEXO I del Pliego de licitación:
Precio Unitario:............ …………………
Precio por 3 unidades:……..................
Precio por 6 unidades:……..................
Precio por 9 unidades:……..................
Precio por 12 unidades:……................

CARGADOR DE BATERIAS ……….

Financiación ofrecida: El oferente deberá consignar la modalidad de pagos que propone, pudiendo consistir la misma en pagos contado, bonificaciones por compra de más de una unidad, planes de financiación,  leasing,  y toda otra modalidad de financiación y pago que pretenda ofrecer.
A tal fin deberá consignar expresamente, además de la cotización los siguientes datos:
* Monto a financiar
* Plazo
* TEM / tasa efectiva mensual
* TEA /  tasa efectiva anual
* Costo financiero total
* Sistema de amortización
* En caso de corresponder entidad  crediticia, bancaria y/o financiera   que  asista a la financiaciòn.-

Se adjunta a la presente cotizaciòn listado  valorizado de repuestos conforme  lo previsto en el  apartado 2.E.A


Sin más, saludamos a UD. muy atentamente.